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Documento BOE-B-2018-49062

Extracto de Orden de 4 de octubre de 2018, por la que se convocan becas para la realización de prácticas formativas de personas con discapacidad intelectual en el Ministerio de Educación y Formación Profesional

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 15 de octubre de 2018, páginas 62072 a 62073 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación y Formación Profesional
Referencia:
BOE-B-2018-49062

TEXTO

BDNS(Identif.):418318

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

Las personas de nacionalidad española y los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en los que concurran las circunstancias previstas en las bases reguladoras y, en particular, las siguientes:

a) Poseer una discapacidad intelectual con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 33 por ciento.

b) Estar realizando, un programa o itinerario de inserción laboral individual que contemple prácticas formativas como complemento de las acciones orientadas a la integración laboral de los beneficiarios. Estos programas deben estar desarrollados por entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro que se ajusten a lo establecido en el Real Decreto 870/2007, de 2 de julio, por el que se regula el programa de empleo con apoyo como medida de fomento de empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo. Dichas entidades deben asimismo asegurar el seguimiento de la formación obtenida por los beneficiarios de estas becas mediante un preparador laboral que acompañe a cada beneficiario el tiempo necesario desde el inicio de la actividad formativa.

c) Estar en posesión de la titulación requerida para cada tipo de beca.

Segundo. Finalidad:

La finalidad de estas ayudas es contribuir a la formación de personas con discapacidad intelectual integradas en programas o itinerarios de inserción laboral individual en el momento de la aprobación de esta convocatoria. Esta formación será complementaria de la prevista en estos programas o itinerarios realizados por entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro que apliquen la metodología del empleo con apoyo para facilitar la integración laboral del colectivo al que se dirigen las becas.

Tercero. Bases Reguladoras:

Orden EFP/938/2018, de 5 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las becas para la realización de prácticas formativas de personas con discapacidad intelectual en el Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Cuarto. Importe:

La cuantía de la dotación mensual se establece en 460 euros. Cada beca está sujeta al régimen de cotización recogido en el RD 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regula los términos y las condiciones de inclusión el el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicción de este extracto en el BOE.

Sexto. Áreas Formativas.

Auxiliar de Oficina

Ayudante de Gestión y Servicios Comunes (Ordenanza)

Madrid, 4 de octubre de 2018.- La Ministra de Educación y Formación Profesional, Orden ECD/602/2017, de 20 de junio, sobre delegación de competencias, el Subsecretario de Educación y Formación Profesional, Fernando Gurrea Casamayor.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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