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Documento BOE-B-2018-37460

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 13 de julio de 2018, páginas 46862 a 46864 (3 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-37460

TEXTO

Edicto

Cédula de notificación

Don José Damián Bailón Mila, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número UNO de los de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber:

Que en el procedimiento Concursal Voluntario abreviado nº 731/2017, de la entidad DA ESTEFANO RESTAURACIÓN S.L con CIF B38974887 se ha dictado auto de fecha 16/03/18 se ha declarado el concurso, por la Juea SONIA MARTÍNEZ UCEDA del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santa Cruz de Tenerife cuyos puntos principales de su parte dispositiva, son del tenor literal siguiente:

Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por la Procuradora Ana J. García Pérez, en nombre y representación de la entidad mercantil Da Estefano Restauración S.L con CIF B38974887. Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, a la entidad mercantil Da Estefano Restauración S.L con CIF B38974887 y domicilio en Avda. Colon s/n ( Muelle Deportivo de Radazul ) El Rosario, Santa Cruz de Tenerife.- El deudor de la entidad Da Estefano Restauración S.L conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad. Se nombra administrador del concurso, con las facultades expresadas en el pronunciamiento anterior a don Luis Abeledo Iglesias (Abogado), que reúne los requisitos del artículo 27 de la LC. Comuníquese telefónicamente o por fax la designación al administrador concursal para que comparezca en este Juzgado a aceptar el cargo en el plazo de los cinco días siguientes a la comunicación. Se autoriza a la administración concursal para que pueda acceder al establecimiento del Deudor, revisar sus libros y contabilidad y recabar cuantos documentos e información considere necesaria o conveniente para el interés del concurso. Anúnciese la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado, con indicación de los datos de identificación del procedimiento, siendo gratuita dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 23.1 de la LC, en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal. Anótese preventivamente en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife, la declaración del concurso con lo acordado respecto de las facultades de administración y disposición del concursado y el nombre del administrador, y, una vez firme este Auto, líbrese mandamiento para conversión de la anotación preventiva en inscripción. Al no existir todavía sistema telemático, se llevará a cabo por medio del Procurador actor. La concursada figura inscrita al Tomo 3085, Folio 50 Hoja TF45506, inscripción 1ª, de la Sección general.

Conforme a los dispuesto en el artículo 323.4 del Reglamento del Registro Mercantil, se interesa del Registrador Mercantil que remita certificación del contenido de esta resolución al Registro de la Propiedad y/o de Bienes Muebles en relación con los bienes de la concursada.

Entréguense los despachos que no puedan hacerse telemáticamente al Procurador instante para que proceda a su diligenciado y gestión, debiendo acreditar al mismo haber efectuado las gestiones necesarias para la publicación de los edictos y la anotación de los mandamientos en los registros públicos en el término de diez días, con apercibimiento de que en caso de no efectuarlo se procederá a dejar sin efecto la declaración de concurso efectuada. Los legitimados conforme a la LC para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado. El deudor tiene el deber de comparecer personalmente ante este Juzgado de lo Mercantil y ante la administración concursal veces sea requerido y el de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso. En este caso, el citado deber incumbe a los administradores de la persona jurídica o a quienes hayan desempeñado el cargo en los dos años anteriores a la declaración del concurso, que son ITALIA INVERSIONES 2010 S.L siendo administrador único D. Stefano Cupone. Fórmense las secciones primera, segunda, tercera y cuarta del concurso, que se encabezarán con testimonio de este Auto. Comuníquese la presente declaración de concurso a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y, si la concursada tuviere empleados, a la Tesorería General de la Seguridad Social y al Fondo de Garantía Salarial ( FOGASA ) a los efectos oportunos y a todos los Juzgados en los que existan procedimientos frente al deudor a los efectos previstos en los artículos 55 y 56 de la LC. En tal sentido, ofíciese a los Juzgado Decanos de la provincia notifíquese este Auto a las partes personadas. Este Auto producirá de inmediato los efectos previstos en la LC para la declaración de concurso. Requiérase al deudor para que en el plazo de diez días presente una lista actualizada del listado de acreedores y del inventario de bienes y derechos a la fecha de declaración del concurso. Las costas causadas de incluirán en los créditos contra la masa del concurso. Publíquese la presente resolución en el Registro Público Concursal haciendo saber a todos los interesados que pueden acceder a su contenido a través de la página web www.publicidadconcursal.es. Contra la declaración de concurso cabe, por quien acredite interés legítimo, Recurso de Apelación contra los demás pronunciamientos del Auto cabe Recurso de Reposición. Así lo dispone, manda y firma Dña. Sonia Martínez Uceda, Juez, del Juzgado de lo Mercantil Nº1 de Santa Cruz de Tenerife; doy fe. La Juez. El Letrado de la Administración de Justicia.

Auto de acumulación de fecha 17/03/18.

Estimo la solicitud de acumulación del procedimiento concursal de la mercantil Da Estefano Restauración S.L. 10/2018, al concurso de acreedores GRUPO STEFANO CU S.L registrado con el número 731/17, y tramitado en este Juzgado de lo Mercantil Nº1 de Santa Cruz de Tenerife. Se designa para ejercer el cargo como AC, a don DAVID NIEBLA GONZÁLEZ, en el concurso de acreedores de la mercantil Da Estefano Restauración S.L10/2018, aceptándose la renuncia del anterior administrador concursal nombrado para ésta última. Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días desde el siguiente a su notificación. Así lo dispone, manda y firma doña Sonia Martínez Uceda, Juez del Juzgado de lo Mercantil Nº1 de Santa Cruz de Tenerife; doy fe.

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del Estado ( de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo) y en el Registro Público Concursal. Se pone en conocimiento, a todos sus efectos, que el Administrador Concursal de este procedimiento, arriba indicado es don David Niebla González con DNI 78716527Q, con domicilio en C/ Bethencourt Alfonso 33 - 6º piso 38002 Santa Cruz de Tenerife, teléfono 922245606 fax 922246120 correo davidniebla@icatf.com.es

Santa Cruz de Tenerife, 2 de mayo de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Damián Bailón Pérez Mila.

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