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Documento BOE-B-2018-34830

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 154, de 26 de junio de 2018, páginas 43742 a 43742 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-34830

TEXTO

Edicto de declaración de concurso

D.ª Alicia de la Torre Dunaiturria, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil núm. 1 de Girona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado (art. 23 y 24 LC):

Número de Asunto: 554/2018- sección B

Fecha del Auto de Declaración: 27 de abril de 2018

Clase de Concurso: voluntario abreviado

Entidad Concursada: Patchworks Makes Tendertech, S.L.

CIF de la Concursada: B-65.379.240

Domicilio Social de la Concursada: calle dels Oms, núm. 10, Sector Industrial V-2 de Vulpellac, de la población de Forallac, CP 17111 (Girona)

Administrador Concursal: Muñoz de Gispert Estudio Legal, S.L.P.

- Dirección postal: calle Muntaner, número 379, piso entresuelo 1.ª, de la ciudad de Barcelona, CP 08021 (Barcelona).

- Dirección electrónica: amunoz@absislegal.com

Régimen de las Facultades del Concursado: La concursada mercantil tiene suspendidas las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio y cesados sus administradores y liquidador, quedando sustituidos éstos por la administración concursal.

Llamamiento a los Acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación en el BOE.

Personación en las Actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante el Juzgado Mercantil núm. 1, de Girona (avda. Ramón Folch, núm. 4-6, de Girona).

Asimismo, se hace saber que en el auto de declaración de concurso, se ha acordado la inmediata apertura de la fase de liquidación, ordenándose la disolución de la sociedad mercantil y el cese de los administradores de la concursada, quedando sustituidos éstos por la Administración concursal.

Girona, 12 de junio de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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