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Documento BOE-B-2018-30010

Resolución de 23 de febrero de 2018, de la Dirección General de Desarrollo Rural y Agroalimentación de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales del Principado de Asturias, por la que se da publicidad a la solicitud de modificación del Pliego de Condiciones de la Denominación de Origen Protegida "Cangas".

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 1 de junio de 2018, páginas 38094 a 38095 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-B-2018-30010

TEXTO

El Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas, modificado por el Real Decreto 149/2014, de 7 de marzo, regula en su artículo 8.6, que el órgano competente de la Comunidad Autónoma publicará en el "Boletín Oficial del Estado" la Resolución favorable a la solicitud de modificación de un pliego de condiciones, incluyendo la dirección de la página web oficial donde se encontrarán, el pliego de condiciones y el documento único del producto.

La Dirección General de Desarrollo Rural y Agroalimentación, a través del Servicio de Desarrollo Agroalimentario, es competente para la tramitación de reconocimiento y gestión de denominaciones e indicativos de calidad, según el artículo 13 del Decreto 69/2015, de 13 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales.

Con fecha 23 de noviembre de 2017, la Asociación "Vino de Calidad de Cangas" presentó la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida "Cangas".

Realizadas las comprobaciones de que la modificación solicitada cumple la legislación vigente:

RESUELVO continuar el procedimiento de tramitación de la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida "Cangas" y de conformidad con lo previsto en los artículos 8.6 y 10 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, ordenar la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del acto administrativo sobre la solicitud de modificación indicada, incluyendo la dirección de la página web donde se encuentra el pliego de condiciones y el documento único, estableciéndose un plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación que se ordena, en el que cualquier persona física o jurídica que esté establecida o resida en España, cuyos legítimos derechos o intereses considere afectados, pueda oponerse a la modificación pretendida, mediante la presentación de declaración de oposición debidamente motivada y dirigida a la Dirección General de Desarrollo Rural y Agroalimentación, de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales del Principado de Asturias, en C/ Trece Rosas, 2, 33005 Oviedo (Asturias).

La dirección de la página web del Principado de Asturias, en la que se encuentran publicados el pliego de condiciones y el documento único, con las modificaciones solicitadas es

https://www.asturias.es, debiendo seguir la ruta:

"Temas/Agricultura y montes/Alimentación/Productos agroalimentarios"

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en este Boletín, ante la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, de conformidad con lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Oviedo, 23 de febrero de 2018.- El Director General de Desarrollo Rural y Agroalimentación, Jesús Casas Grande.

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