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Documento BOE-B-2018-28729

Resolución de 21 de mayo de 2018, del Presidente de la Autoridad Portuaria de Pasaia, sobre delegación de competencias.

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 25 de mayo de 2018, páginas 36578 a 36579 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2018-28729

TEXTO

El artículo 31.2. del Texto Refundido de la Ley de Puertos y de la Marina Mercante, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, establece entre las funciones del Presidente del Organismo Público Autoridad Portuaria de Pasaia la de representar de modo permanente a la Autoridad Portuaria y a su Consejo de Administración en cualesquiera actos y contratos así como disponer los gastos y ordenar, mancomunadamente con el Director los pagos o movimientos de fondos.

Con el fin de conseguir una mayor eficacia y agilidad en la contratación, se hace preciso delegar determinadas competencias atribuidas al Presidente.

En su virtud y conforme a lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, he resuelto:

Primero. Delegar en el Jefe del Departamento Económico-Financiero.

La aprobación de gastos o inversiones, así como el reconocimiento de las obligaciones económicas que procedan de los mismos, de cuantía igual o inferior a 1.000 euros, impuestos no incluidos.

Como mínimo, quincenalmente, informará al Presidente de la relación de los gastos o inversiones autorizados en el marco de la presente delegación de competencias.

Segundo. Delegar en el Director de la Autoridad Portuaria, así como en el Director de Competitividad e Innovación, Jefe del Departamento de Servicios Jurídicos, Jefe del Departamento Económico-Financiero, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, Jefe del Departamento de Proyectos de Sostenibilidad, Jefe del Departamento de Explotación y Operaciones, Jefe de División de Planes y Proyectos y en el Jefe de División de Obras:

a) La emisión del informe motivando la necesidad del contrato previsto en el párrafo segundo del art. 118.1. de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

b) La comprobación del cumplimiento de la regla prevista en el art. 118.3. de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, relativa a la justificación de la no alteración del objeto del contrato para evitar la aplicación de las reglas generales de contratación.

En los informes suscritos por el Jefe del Departamento de Proyectos de Sostenibilidad, Jefe del Departamento de Explotación y Operaciones, Jefe de División de Planes y Proyectos y Jefe de División de Obras deberá constar por escrito el visto bueno del Director de la Autoridad Portuaria.

Tercero. Delegar en el Jefe del Departamento Económico-Financiero.

La comprobación del cumplimiento de la regla prevista en el art. 118.3. de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, relativa a que el contratista no haya suscrito más contratos menores que individual o conjuntamente superen la cifra que consta en el apartado 1 de dicho artículo.

Cuarto.

La delegación de competencias prevista en esta Resolución será revocable en cualquier momento por el Presidente del Organismo Público Autoridad Portuaria de Pasaia. Así mismo, como órgano titular de las competencias delegadas, el Presidente podrá avocar el ejercicio de las mismas de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Quinto.

En cuantas resoluciones sean adoptadas en el ejercicio de las competencias delegadas por la presente Resolución se hará constar expresamente tal circunstancia.

Sexto.

La presente resolución deja sin efecto la Resolución de 15 de mayo de 2013, del Presidente de la Autoridad Portuaria de Pasaia, sobre delegación de competencias, en materia de aprobación de gasto en relación con los contratos de obras, suministros y servicios de cuantía inferior a 50.000 euros (IVA excluido) publicada en el «Boletín Oficial de Gipuzkoa» n.º 99, de fecha 27 de mayo de 2013.

La delegación de competencias acordada se publicará para general conocimiento en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Boletín Oficial de Gipuzkoa".

Pasaia, 21 de mayo de 2018.- El Presidente, Félix Garciandía Tellería.

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