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Documento BOE-B-2018-18147

Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, por la que se convocan ayudas para la formación en relación con el transporte por carretera para el año 2018.

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 22 de marzo de 2018, páginas 24056 a 24057 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2018-18147

TEXTO

BDNS(Identif.):390204

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ):

Primero. Beneficiarios.

Asociaciones profesionales de transportistas o de empresas de actividades auxiliares y complementarias del transporte por carretera definidas en el artículo 1 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, con implantación, al menos, en tres Comunidades Autónomas y, en los mismos términos, a asociaciones profesionales de trabajadores. Otras entidades sin ánimo de lucro, públicas o privadas, con vinculación acreditada al sector del transporte terrestre.

Segundo. Objeto.

Ayuda para la formación en relación con el transporte por carretera.

Tercero. Bases reguladoras.

La Orden FOM/3591/2008, de 27 de noviembre («BOE» de 11 de diciembre), modificada por la Orden FOM/2423/2013, de 18 de diciembre («BOE» de 26 de diciembre) y la Orden FOM/64/2017, de 30 de enero (B.O.E. de 2 de febrero) aprobó las bases reguladoras de estas ayudas.

Cuarto. Cuantía.

Cuantía máxima: 3.842.000 euros, repartida entre todos los solicitantes que resulten beneficiarios.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Sexto. Otros datos

La solicitud debe realizarse a través de la sede electrónica del Ministerio de Fomento, a la que debe acompañarse el archivo Excel descargable en dicha sede, totalmente cumplimentado.

El pago podrá realizarse de forma inmediata a su otorgamiento cuando se presente resguardo acreditativo de la constitución de una garantía ante la Caja General de Depósitos a disposición de la Dirección General de Transporte Terrestre por el importe total de la subvención.

Madrid, 8 de marzo de 2018.- El Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda P.D. (Orden FOM 1644/2012, de 23 de julio), la Secretaria General de Transporte Carmen Librero Pintado.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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