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Documento BOE-B-2018-123

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 2, de 2 de enero de 2018, páginas 123 a 123 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-123

TEXTO

Dña. MARÍA JESÚS RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.° 04 de Madrid.

En el procedimiento 393/2009 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de D. BLAS MUÑOZ RODRÍGUEZ, DNI 11.825.789-V y Dña. NOEMI NAVARRO GARCÍA, DNI 11.819.502-D.

Asimismo se acuerda el archivo de las actuaciones por haber quedado firme el auto que declaró cumplido el convenio tras haber caducado las acciones de incumplimiento de convenio.

La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

Madrid, 19 de octubre de 2017.- El/La Letrado/a de la Admón. de Justicia.

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