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Documento BOE-B-2017-7513

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 8 de febrero de 2017, páginas 8930 a 8930 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-7513

TEXTO

Edicto

Doña Margarita Marquina Castells, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N.º2 de los de Barcelona y Provincia.

Hago saber: que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 894/2016-R en el que se ha dictado con fecha 15 de diciembre de 2016 auto declarando en estado de concurso a la entidad JEPBET FRUITS SL con CIF B65153757 y mandado darle publicidad con los siguientes datos:

Nig del procedimiento: 08019-47-1-2016-8007840.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: JEPBET FRUITS SL con domicilio en C/ Selva de Mar 287 Barcelona.

Administrador concursal: MILINERS CONCURSAL SLP con domicilio en Avda. Diagonal 550, 3º 1ª, tef. 93 272 01 80 fax 93 487 27 21 con correo electrónico concursal@miliners.com.

Forma de personación: los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 9 de enero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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