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Documento BOE-B-2017-72650

Extracto de la Resolución de 04 de diciembre de 2017 de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes por la que se convocan ayudas para las Federaciones Deportivas Españolas para el año 2018.

Publicado en:
«BOE» núm. 300, de 11 de diciembre de 2017, páginas 89870 a 89872 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2017-72650

TEXTO

BDNS (Identif.): 374270.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index).

Primero: Beneficiarios.

Podrán ser solicitantes y perceptoras de estas ayudas todas las federaciones deportivas españolas (FFDDEE) que cumplan los requisitos indicados en la convocatoria y presenten proyectos encuadrados en alguno de los objetivos indicados en el apartado siguiente.

Segundo: Objeto de la convocatoria.

La presente convocatoria tiene como objetivos:

Optimizar la preparación deportiva y los resultados de la participación en competiciones deportivas de alto nivel internacional a través de las Federaciones Deportivas Españolas (FFDDEE).

Por orden de preferencia, otros sub-objetivos complementarios son:

El fomento cuantitativo y cualitativo de las competiciones nacionales.

La formación de técnicos deportivos y de jueces, árbitros o equivalentes.

El fomento de la participación de la mujer en todos los ámbitos del deporte.

Ayudas a deportistas españoles por resultados obtenidos.

Constituyen otras finalidades específicas de la presente convocatoria la realización de actividades cuyo objeto coincida con el de alguno de los siguientes Programas:

Programas de Actividades Deportivas en el CAR de León y en los Centros Especializados de Alto Rendimiento de las CC.AA. y de las FFDDEE.

Programa Nacional de Tecnificación Deportiva.

Programa de inversiones en Centros Especializados de Alto Rendimiento (CEAR).

IV. A FFDDEE para sedes de federaciones internacionales en España y para Presidentes Españoles o miembros de Comités ejecutivos de federaciones deportivas internacionales.

Tercero: Bases Reguladoras.

La concesión de subvenciones en esta Convocatoria se regirá por la presente Resolución por la Ley General de Subvenciones y su Reglamento. Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran en la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD, disponibles en: https://www.boe.es/boe/dias/2012/12/15/pdfs/BOE-A-2012-15180.pdf.

Cuarto: Cuantía.

De acuerdo con los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, los importes a conceder serán al menos, los que se autorizan a continuación, que no superan el 70% de los respectivos créditos presupuestarios disponibles en 2017.

Los importes de las ayudas que se podrán conceder con cargo a la presente convocatoria son:

Para la consecución de los objetivos señalados en el apartado Segundo. I, hasta 32.657.282,00 euros.

Para las ayudas destinadas a deportistas, según el punto Segundo. II, hasta 911.575,00 euros.

Para los programas específicos recogidos el apartado Segundo. III, respectivamente:

Hasta 735.000 euros.

Hasta 700.000,00 euros.

Hasta 175.000 euros.

IV. Para el programa recogido en el punto Segundo. IV, hasta 70.000,00 euros.

Quinto. Plazo y procedimiento de solicitud.

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 30 días a partir del siguiente a la publicación en el BOE del extracto de la presente Resolución.

En virtud de lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes deberán presentarse de modo telemático a través de la Sede Electrónica del CSD, accesible en la dirección electrónica: https://sede.csd.gob.es/oficinavirtual/FichaTramite.aspx?idProcedimiento=59.

Las solicitudes deberán estar firmadas mediante una firma electrónica avanzada, acorde con lo dispuesto sobre firma electrónica en la citada Ley 39/2015.

Las ayudas deberán solicitarse mediante la instancia normalizada disponible en la Sede Electrónica del CSD, que deberá estar firmada en todo caso por el Presidente de la Federación o representante legal autorizado mediante poder notarial o disposición estatutaria de la respectiva federación. Esta solicitud deberá acompañarse de los documentos y anexos expresados en la Convocatoria de referencia.

Sexto. Otros datos administrativos y de procedimiento.

El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Deportes, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de junio por el que se aprueba el Estatuto del CSD.

El pago de las subvenciones que se concedan en virtud de la presente Resolución tendrá carácter de pago anticipado y se podrá efectuar de una sola vez.

La justificación de las subvenciones por parte de los beneficiarios se realizará mediante cuentas justificativas estructuradas de conformidad con lo previsto en la base Decimocuarta, punto 3, de la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD, y con lo establecido en la Guía de Presupuestación y Justificación del CSD. La justificación se realizará por trimestres naturales, disponiendo de tres meses para justificar los gastos e inversiones realizados en el trimestre anterior.

Madrid, 4 de diciembre de 2017.- El Presidente Consejo Superior de Deportes, José Ramón Lete Lasa.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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