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Documento BOE-B-2017-71860

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 295, de 5 de diciembre de 2017, páginas 88886 a 88886 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-71860

TEXTO

Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada Admón. Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores num. 000964/2011 habiéndose dictado en fecha 24/11/2017 por la Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia Auto firme de conclusión de concurso Voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"1.- Se declara la conclusión del Concurso Ordinario Voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000964/2011, promovido por el Procurador Sr. Fernando Bosch Melis, en nombre y representación de la mercantil Grupo Decorativa Tozeto Sociedad Limitada, Ceramica Decorartiva Sociedad Anónima, Cottoliva Sociedad Limitada, Decorativa Tozeto Sociedad Anónima y Tozeto Sociedad Limitada y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.

2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

3.- Se acuerda disponer el cese de los Administradores Concursales D. Mauricio Requena Francés, con NIF 25.417.006-M, D. Jaime Querol Sanjuan, con NIF 18.900.637-L Y D. Antonio J. Murillo Molines con NIF Nº 73.901.131-S (quien designó a Victor E. Negrete Collado con NIF nº 25.420.424-l), revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

4.- Se acuerda declarar la Extinción de las mercantiles GRUPO DECORATIVA TOZETO, SL, DECORATIVA TOZETO SA, CERAMICA DECORATIVA SA, COTTOLIVA SL Y TOZETO SL, con domicilio en Oliva (valencia), Carretera Nacional 332-Km 212; con números de C.I.F. respectivos B-96475769, A-97398317, A-46050464, B-46454757, y B-46998308, inscritas en el Registro Mercantil de esta Provincia, al tomo 5397, libro 2698m fikui 21, hoja V-45652M tini 7643, libro 4942, folio 21, hoja V-93342; tomo 4458, libro 1770, folio 32, hoja V. 25024; tomo 4324, libro 1636, folio 204, hoja V-22133, y tomo 3328, libro 641, folio 216, hoja V-8970, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registro Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia, ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.

5.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 20 de octubre de 2017.

Valencia, 24 de noviembre de 2017.- La Letrada de Administración de Justicia.

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