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Documento BOE-B-2017-71477

SANT FELIU DE LLOBREGAT

Publicado en:
«BOE» núm. 294, de 4 de diciembre de 2017, páginas 88441 a 88441 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2017-71477

TEXTO

ANNA PUIGPINÓS ROVIRA, Letrada de la Administración de Justicia sust. del Juzgado Primera Instancia 7 Sant Feliu de Llobregat, dicto el presente edicto:

JUZGADO.- Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 7 de Sant Feliu de Llobregat, calle Verge de Montserrat, n.º 9-11, de Sant Feliu de Llobregat.

NÚMERO DE ASUNTO.- Concurso voluntario 96/16A.

TIPO DE CONCURSO.- Voluntario.

ENTIDAD INSTANTE: M. Adelaida Rodríguez Cano, con DNI 31241610C y Francisco Castro Márquez, con DNI 52191109S.

FECHA DEL AUTO de nombramiento del mismo administrador para ambos concursados: 15 de septiembre de 2017, dado que se han acumulado ambos procedimientos como se especifica en el mismo.

ADMINISTRADORES CONCURSALES.- Cristian Valcárcel Bernal, con domicilio en Escoles Pies, 102 (Pg. Bonanova), 0817 Barcelona y con dirección electrónica cvalcarcel@rcdslp.com

FORMA DE PERSONACIÓN: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

RÉGIMEN DE LAS FACULTADES DE LA CONCURSADA

LLAMAMIENTO A LOS ACREEDORES.- Los acreedores de los concursados deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrás efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales.

También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de UN MES a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Sant Feliu de Llobregat, 21 de septiembre de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia sust.

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