BDNS(Identif.):371425
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Consejos insulares, diputaciones provinciales y comunidades autónomas uniprovinciales incluidos en el ámbito territorial determinado en el Anexo I de la Resolución de 16 de noviembre de 2017 de la Secretaría de Estado para las Administraciones Territoriales por la que se convocan subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria de las entidades locales previstas en el artículo 6 del Real Decreto-ley 2/2017, de 27 de enero.
Segundo. Objeto:
Financiar hasta el 50 por ciento del coste de la ejecución de las obras de reparación o restitución de: infraestructuras, equipamientos e instalaciones y servicios de titularidad municipal, incluidos en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de la red viaria de los consejos insulares y diputaciones provinciales, así como de las comunidades autónomas uniprovinciales, siempre que sean consecuencia de los acontecimientos que dieron lugar a la declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil.
Tercero. Solicitudes y plazo:
Un mes desde la publicación de este extracto en el BOE.
Podrán presentar solicitudes las entidades beneficiarias en los términos que indica el artículo 6.4 a) de la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, así como aquellas otras entidades locales incluidas en el ámbito territorial determinado en el Anexo I de la Resolución de 16 de noviembre de 2017, de la Secretaría de Estado para las Administraciones Territoriales, por la que se convocan subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria de las entidades locales previstas en el artículo 6 del Real Decreto-ley 2/2017, de 27 de enero.
Cuarto. Bases Reguladoras:
Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, publicada en el BOE de 12 de febrero de 2015.
Quinto. Cuantía:
El importe máximo de las subvenciones es de 77.205.107,57 euros.
Madrid, 16 de noviembre de 2017.- El Secretario de Estado para las Administraciones Territoriales, Roberto Bermúdez de Castro Mur.
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