Edicto
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el Concursal – Seccion 1ª (general) numero 0000388/2017, por auto de fecha 7/11/2017, NIG 3120147120170000342, se ha declarado en concurso de materia voluntario al deudor Arbeloa Construcciones, S.L., con CIF B31107931 y domicilio en Calle Virgen de Codes/kodesko Andre Maria Kalea, 18, bajo de Pamplona y cuyo dentro de principales intereses lo tiene en Pamplona
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal.
Que el día de hoy ha aceptado el cargo la administración concursal siguiente:
Administrador concursal único en el presente procedimiento concursal a la mercantil López Remiro Zardoya Administradores Concursales SLP, CIF- B71120091, con domicilio Social en Avenida Zaragoza/Zaragozako Etorbidea, 1 1º izqda., 31003 Pamplona/Iruña, y en representación de la misma acepto el cargo:
D/DªJose Luis López Remiro
D.N.I: 16000589H
Vecino de: Pamplona-31007
Domicilio: Avenida Zaragoza/Zaragozako Etorbidea, 1 1º Izda
Profesión: Economista
Teléfono: 948201204
Fax: 948290275
Correo Electrónico: arbeloa@izconcursal.com
Manifiesta que en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 30.1 párrafo segundo de la L.C, actuando en este acto en nombre y representación de la mercantil designada, comunica que es la persona natural que representara a dicha sociedad en estas actuaciones y que reúne las condiciones del apartado 2º del art. 27-1 de la Ley concursal
3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletin Oficial del Estado.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC)
Pamplona, 9 de noviembre de 2017.- El/La Letrado de la Aministración de Justicia.
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