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Documento BOE-B-2017-68044

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 282, de 20 de noviembre de 2017, páginas 84320 a 84320 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-68044

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 Ley Concursal, en relación a lo ordenado en el 177.3 del mismo texto legal, anuncia:

Que en el procedimiento concursal n.º 591/2007 (NIG 2906742M20070000710) del deudor DONAGRO SERVICIOS AGRICOLAS, S.L., CIF N.º B-92377985, por auto de fecha 25 de septiembre de 2017 se ha acordado la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa, siendo la parte dispositiva de la referida resolución del siguiente tenor literal:

Acuerdo la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes en este momento.

Acuerdo la extinción de la sociedad DONAGRO SERVICIOS AGRICOLAS, S.L., CIF N.º B-92377985 debiéndose emitir los mandamientos de cancelación oportunos con testimonio de la presente resolución.

Si la Administración Concursal no hubiere presentado la preceptiva rendición de cuentas, y sólo en este caso, acuerdo que se le requiera para ello en el plazo de 15 días, en los términos detallados en el artículo 152.2 de la Ley Concursal.

La conclusión del concurso produce los efectos regulados en el artículo 178 de la Ley Concursal.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Notifíquese a las partes la presente resolución en los términos regulados en el art. 177 de la LC.

Málaga, 2 de octubre de 2017.- El Letrado de la Administración.

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