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Documento BOE-B-2017-61638

BARAKALDO

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 23 de octubre de 2017, páginas 76332 a 76332 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO PENAL
Referencia:
BOE-B-2017-61638

TEXTO

Servicio común de ejecución penal de Barakaldo (Bizkaia)

Ejecutoria 1622/2017

Don Carlos Cordero Lozano, Letrado de la Administración de Justicia con destino en el Scej de Barakaldo (Bizkaia), por medio del presente documento emito la certificación establecida en el artículo 235 ter de la Lopj, conforme se ha ordenado en sentencia del Juzgado de lo Penal n.º 2 de Barakaldo de fecha 6 de octubre de 2017, en cuya parte dispositica se expresa literalmente que:

"debo condenar y condeno a Carlos Vicente Hernandez como autor/a penalmente responsable de:

* un delito contra la hacienda pública del artículo 305.1 y 2 del cp, a la pena de 1 año de prisión con la accesoria de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por el mismo tiempo y multa proporcional de 209.871,70 €, con la responsabilidad personal subsidiaria de 3 meses de privación de libertad en caso de impago, y la pena de pérdida de posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la seguridad social durante 3 años.

* un delito contra la hacienda pública del artículo 305.1, 2 y 5 del cp, a la pena de 1 año de prisión con la accesoria de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por el mismo tiempo y multa proporcional de 176.119,20 €, con la responsabilidad personal subsidiaria de 3 meses de privación de libertad en caso de impago, y la pena de pérdida de posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la seguridad social durante 3 años.

* un delito contra la hacienda pública del artículo 305.1, 2, 5 y 7 del cp a la pena de 1 año de prisión con la accesoria de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por el mismo tiempo y multa proporcional de 147.197,04 €, con la responsabilidad personal subsidiaria de 3 meses de privación de libertad en caso de impago, y la pena de pérdida de posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la seguridad social durante 3 años.

Como responsable civil directo el acusado deberá indemnizar la hacienda foral de Bizkaia en la cantidad de 209.871,70 € por el IRPF del ejercicio 2009, 176.119,20 € por el IRPF del ejercicio 2010 y 147.197,04€ por el IRPF del ejercicio 2012, cantidades que deberán

incrementarse en la que resulte de aplicarle el interés legal previsto en el artículo 576 Lec con las especialidades previstas en su último párrafo. el acusado ha abonado ya la cantidad de 25.000 euros en concepto de responsabilidad civil.

Barakaldo, 17 de octubre de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

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