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Documento BOE-B-2017-59709

Anuncio de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia por el que se procede a hacer pública la Resolución de fecha 3 de octubre de 2017, por la que se determinan los operadores obligados a contribuir al Fondo Nacional del Servicio Universal de Comunicaciones Electrónicas por el ejercicio 2014 (SU/DTSA/001/17/FNSU 2014).

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 14 de octubre de 2017, páginas 73894 a 73895 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
Referencia:
BOE-B-2017-59709

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 51.4 b) del Reglamento sobre condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el Servicio Universal y la protección de los usuarios, aprobado mediante Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, se procede a publicar por esta vía un extracto del acto, de la fecha arriba indicada, por el que el Consejo de esta Comisión ha resuelto, en relación con el expediente SU/DTSA/001/17/FNSU 2014, lo siguiente:

Primero.- Los operadores obligados a contribuir al Fondo Nacional del Servicio Universal para el ejercicio 2014 así como sus contribuciones son (en euros):

Operador

FNSU 2014

%

TELEFÓNICA

6.644.415

35,39

TELEFÓNICA MÓVILES

3.756.428

20,01

VODAFONE

3.379.399

18,00

ORANGE

2.841.603

15,14

CABLEUROPA

645.723

3,44

JAZZ TELECOM

445.537

2,37

XFERA MÓVILES

324.505

1,73

BT ESPAÑA

157.419

0,84

EUSKALTEL

147.763

0,79

RETEVISIÓN I

141.110

0,75

COLT TELECOM ESPAÑA

117.043

0,62

R CABLE

105.963

0,56

TELECABLE DE ASTURIAS

58.067

0,31

LYCAMOBILE

7.302

0,04

TOTAL

18.772.276

100

Segundo.- Telefónica Móviles España, S.A.U.; Vodafone España, S.A.U.; Orange Espagne, S.A.U.; Cableuropa, S.A.U.; Jazz Telecom, S.A.U.; Xfera Móviles, S.A.; BT España Cía. de servicios globales de telecomunicaciones, S.A.U.; Euskaltel, S.A.; Retevisión I, S.A.U.; Colt Telecom España, S.A.; R Cable y Telecomunicaciones Galicia, S.A.; Telecable de Asturias, S.A.U. y Lycamobile, S.L., deberán ingresar las cantidades señaladas en el resuelve primero, en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución que ponga fin al presente procedimiento. El pago deberá efectuarse mediante ingreso en la cuenta con número IBAN ES76 2100 5000 5602 0002 9349, abierta al efecto en Caixabank bajo la denominación FONDO COSTE NETO SERVICIO UNIVERSAL. Una vez efectuado el ingreso, cada uno de los operadores obligados deberá remitir a esta Comisión un ejemplar del recibo de ingreso para su archivo.

Tercero.- Telefónica de España, S.A.U. como operador con derecho a compensación, recibirá dentro del mes siguiente a la finalización del período de pago, transferencias por importe de 10.799.471 euros, correspondiente a los servicios prestados por Telefónica, y de 1.328.390 euros, correspondiente a los servicios prestados por TTP.

Cuarto.- Declarar exentos de contribuir al Fondo Nacional del Servicio Universal del año 2014 a los operadores no incluidos en el resuelve primero anterior.

Quinto.- Acordar la publicación de la resolución que ponga fin al presente procedimiento en el "Boletín Oficial del Estado", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51.4.b del Reglamento sobre condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios, aprobado mediante Real Decreto 424/2005, de 15 de abril.

De conformidad con el artículo 24.2 del Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial Boletín Oficial del Estado, se publica un extracto de la Resolución adoptada el día 3 de octubre de 2017. No obstante, el texto íntegro de la citada Resolución, así como el resto de documentación obrante en el expediente, estarán a disposición de los interesados para su conocimiento en la sede de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, sita en la Calle Bolivia, 56, 08018 de Barcelona, y en la página web www.cnmc.es.

Madrid, 5 de octubre de 2017.- El Secretario del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, Joaquim Hortalà i Vallvé.

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