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Documento BOE-B-2017-56257

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 30 de septiembre de 2017, páginas 69428 a 69428 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-56257

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 132 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Que en el concurso ordinario nº 348/16/J, sobre declaración de concurso de la entidad Halago alimentaria sa con cif a-32.206.013, domiciliada en Via Faraday, 2-6, polígono de El Tambre, Santiago de Compostela, A Coruña, se ha dictado en el dia de hoy sentencia que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:

Fallo

1.- Se aprueba judicialmente el convenio propuesto por la concursada HALAGO ALIMENTARIA, S.A., según la redacción obrante en autos, con los efectos establecidos en los artículos 133 a 136 de la LC; entre ellos el cese de la administración concursal en los términos del actual artículo 133 de la Ley Concursal, que deberá rendir cuentas en el plazo de un mes desde la firmeza de la presente.

2.- No obstante su cese, el administrador concursal conservará plena legitimación para continuar los incidentes en curso, pudiendo solicitar la ejecución de las sentencias y autos que se dicten en ellos, hasta que sean firmes, así como para actuar en la sección sexta hasta que recaiga sentencia firme.

3.- Notifíquese la sentencia al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

4.-Publíquese la sentencia en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este tribunal.

5.- Líbrense los mandamientos correspondientes, en su caso, para la inscripción de la sentencia y entréguense a la representación de la concursada para su diligenciamiento.

6.- Se acuerda la formación de la sección de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso. Hágase constar en el edicto que dentro de los DIEZ DÍAS siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

7.- Llévese testimonio de la presente a los autos principales del concurso.

Modo de impugnación: recurso de Apelación a interponer directamente en este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de A Coruña, en el plazo de veinte días desde la notificación de esta resolución.

Y para que sirva de notificación y su publicación en el Boletin Oficial del Estado, expido el presente Edicto.

A Coruña, 8 de septiembre de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

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