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Documento BOE-B-2017-51585

Orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública por la que se aprueba el deslinde de las parcelas C1 y A1, sitas en calle Corazón de María, n.º 36 y 36 (B), y de la parcela C2, sita en Avenida de América, n.º 45 (B), en el término municipal de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 218, de 9 de septiembre de 2017, páginas 63820 a 63824 (5 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-B-2017-51585

TEXTO

La Administración General del Estado es titular de las parcelas C1 y A1, sitas en Calle Corazón de María, n.º 36 y 36 (B), y de la parcela C2, sita en Avenida de América, n.º 45 (B) -antes n.º 55-, las cuales son tres fincas urbanas procedentes del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) incorporadas al Patrimonio del Estado mediante Acta de 31 de octubre de 2000, cuya descripción es la siguiente:

A) Descripción de la Parcela C-1, sita en C/ Corazón de María, n.º 36.

Descripción registral:

- Inscrita en el Registro de la Propiedad de Madrid n.º 21, finca n.º 9.559, libro 2.659; folio 104 (antigua n.º 64.633, folio 191, libro 1.798).

- Superficie: 805,75 m².

- Linda: Norte, en línea de 32,50 m con calle Corazón de María; Sur, en línea quebrada compuesta de 4 rectas de 25,50 m, 3 m, 2 m y 4,50 m con terrenos de la Agrupación; Oeste, en línea de 25 m con parcela C-2; y Este, en línea de 21 m con terrenos de la Agrupación.

Descripción catastral:

- Referencia catastral 3472910VK4737A00001JZ

- Superficie de 806 m².

B) Descripción de la Parcela A-1, sita en C/ Corazón de María, n.º 36 (B).

Descripción registral:

- Inscrita en el Registro de la Propiedad de Madrid n.º 21, finca n.º 9.560, libro 2.659, folio 105 (antigua n.º 64.635, libro 1.798, folio 220).

- Superficie: 207,50 m².

- Linda: Norte, en línea de 12,50 m con la calle Corazón de María; Sur, en línea de 9,50 m con terrenos de la Agrupación; Este, en línea de 22 m con terrenos de la Agrupación; y Oeste, en línea de 20 m con parcela 17-C1 adjudicada al mismo CSIC.

Descripción catastral:

- Referencia catastral 3472915VK4737A00000GB.

- Superficie de 207 m².

C) Descripción de la Parcela A-2, sita en Av. de América, n.º 45 (B).

Descripción registral:

- Inscrita en el Registro de la Propiedad de Madrid, n.º 21, finca nº 9.561, libro 2.659, folio 106 (antigua n.º 64.637, libro 1.798, folio 235).

- Superficie: 546,10 m².

- Linda: Norte, en línea de 12,70 con parcelas 17-C1 y 17-C2; Sur, en línea de 12,70 m con zona de servicio de Autopista de Barajas; Este, en línea de 43 m con terrenos de la Agrupación; y Oeste, en línea de 43 m con parcelas 17-A1, 17-A2 y 17-A3.

Descripción catastral:

- Referencia catastral 3472916VK4737A0000QB.

- Superficie de 514 m².

Las tres parcelas están incluidas en el Inventario General de Bienes y Derechos del Estado con el n.º 1987 724 28 999 0172 001.

Con fecha de 1 de junio de 2016 se firmó el acuerdo de inicio del procedimiento de deslinde, el cual se comunicó al Registro de la Propiedad, se publicó en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el BOE de 6 de julio de 2016.

Con fecha de 7 de julio de 2016 se notificó a los administradores de las fincas que catastralmente figuraban como colindantes la publicación en el BOE del acuerdo de deslinde, según el cual las operaciones de apeo darían comienzo entre los días 1 a 15 de octubre de 2016, y se les dio plazo para presentación de alegaciones. Transcurrido el plazo, no se presentó ninguna alegación.

Con fecha de 12 de septiembre de 2016 se comunicó a dichos administradores que el deslinde se iniciaría el 4 de octubre de 2016.

Habiendo tenido conocimiento esta Delegación de la necesidad de paso por la zona de la Mancomunidad de Propietarios de Av. de América 47-55 para acceder a las parcelas estatales a deslindar, y no habiéndosele solicitado permiso de paso ni notificado el inicio del citado deslinde, con fecha de 20 de septiembre de 2016 se solicitó dicho permiso. El Presidente de la citada Mancomunidad comunicó que había convocado una junta para el día 3 de octubre de los Presidentes de la agrupación de comunidades para informarles.

Ante esta situación, el mismo día 3 de octubre de 2016 se procedió a informar a los administradores de las fincas colindantes de la suspensión del inicio del deslinde para la fecha comunicada del 4 de octubre.

Con fecha de 5 de octubre de 2016, el Presidente de Avenida de América 47-55 informó de que en la reunión se había acordado no permitir el acceso para efectuar el deslinde hasta que un técnico en urbanismo les hiciese un informe al respecto.

El 7 de octubre de 2016 se solicitaron instrucciones a la Abogacía del Estado, que emitió informe el 28 de octubre de 2016.

El 10 de noviembre de 2016, esta Delegación, de acuerdo con dicho informe, realizó Diligencia de Subsanación del Acuerdo de Deslinde que se publicó en el BOE de fecha 29 de noviembre de 2016 fijando el apeo para el 8 de febrero de 2017, se remitió al Registro de la Propiedad y al Ayuntamiento de Madrid para su publicación en el tablón de edictos.

Dicha subsanación se notificó a todos los colindantes el 21 de noviembre de 2016 dándoles plazo de alegaciones.

El 10 de noviembre de 2016 se presentaron alegaciones por el Presidente de la Mancomunidad de Propietarios de Av. de América 47-55, según las cuales se solicitaba la suspensión del apeo en tanto se obtenía el Proyecto de reparcelación de las Manzanas 15, 16 y 17 del Sector de Prosperidad, por ser necesarios los planos para la realización del deslinde o, subsidiariamente, que se iniciase el apeo, dejando en suspenso la emisión de informe hasta que se obtenga dicha documentación. Además, que se tuviera en cuenta la existencia de un posible error respecto a la titularidad del CSIC, y por tanto del Estado, respecto a las fincas objeto de deslinde.

Tras preceptivo informe de la Abogacía del Estado de fecha 23 de enero de 2017, con fecha de 6 de febrero se comunicó a los interesados que el apeo tendría lugar el día de 8 de febrero de 2017, concediéndose el plazo de un mes contado desde dicha fecha para la presentación de la documentación indicada.

Con fecha de 8 de febrero de 2017 se procedió a dar comienzo al apeo, asistiendo, por parte de la Delegación de Economía y Hacienda, un Ingeniero Técnico en Topografía y el Presidente de la Mancomunidad de Propietarios de Av. de América 47-55, acompañado de su abogada.

Durante dicho apeo, el Técnico designado por esta Delegación procedió a explicar a los asistentes los puntos de referencia (vértices) señalados sobre el terreno para delimitar los linderos de las tres fincas y, a continuación se extendió la correspondiente Acta, a la que se incorporan planos a escala de las parcelas a deslindar.

En dicho Acta se hace constar que el perito topógrafo hace constar que la situación y cabida de las fincas coinciden con la descripción registral de las mismas.

Además, también destaca que en la parte Suroeste de la parcela A-2 se aprecia que existe un cerramiento correspondiente al edificio sito en Avenida de América 45, que está dentro de sus linderos, existiendo rejillas de ventilación y un acceso al garaje de la finca.

El citado Ingeniero Técnico en Topografía emite informe de 15 de febrero de 2017 de deslinde de las parcelas de titularidad patrimonial.

Con fecha de 8 de marzo de 2017 el Presidente de la Mancomunidad de Propietarios de Av. de América 47-55 aporta la documentación indicada en las alegaciones presentadas el 10 noviembre de 2016. Entre dicha documentación consta el Certificado del Secretario General de la Comisión de Planeamiento y Coordinación del Área Metropolitana de Madrid de fecha 25 de septiembre de 1972, el cual describe las Parcelas adjudicadas al Consejo Superior de Investigaciones Científicas de forma similar a la descripción registral de las parcelas patrimoniales, antes indicada.

Con fecha de 9 de marzo, el expediente se puso de manifiesto a los interesados para que pudieran presentar alegaciones dentro del plazo de diez días.

Con fecha de 23 de marzo de 2017 el Presidente de la Mancomunidad de Propietarios de Av. de América 47-55 presentó alegaciones en las cuales no se discute el deslinde como tal, ni la exactitud del mismo. Sin embargo, se dice que es innecesario porque, independientemente de la situación registral, de hecho, las parcelas deslindadas son espacios libres que corresponden a zonas comunes de los edificios de dicha Mancomunidad.

Para sustentar su criterio presentan diversa documentación urbanística y, además, concluyen que han pasado más de 40 años en que se han estado utilizando sin ninguna oposición.

En resumen, cuestionan la propiedad de las parcelas, no el acto de deslinde.

Por todo lo anterior, y de acuerdo con el informe del Ingeniero Técnico en Topografía de 15 de febrero de 2017, la descripción de los linderos de las parcelas replanteadas es la siguiente:

PARCELA C-1.

Tiene una superficie de 805 m² y linda al Norte, en línea curva de 32,50 m con calle Corazón de María; al Sur, en línea quebrada de 4 rectas de 25,50 m, 5 m, 2 m y 4,50 m con terrenos de la Agrupación; al Oeste, en línea de 24,7 m con parcela C-2; y al Este, en línea de 21,1 m con terrenos de la Agrupación.

PARCELA A-1.

Tiene una superficie de 207,50 m² y linda al Norte, en línea de 12,50 m con la calle Corazón de María; al Sur, en línea de 9,50 m con terrenos de la Agrupación; al Este, en línea quebrada de tres rectas de 6,3 m, 6 m y 9,7 m, con terrenos de la Agrupación; y al Oeste, en línea de 20 m con parcela 17-C1 adjudicada al mismo CSIC.

PARCELA A-2.

Tiene una superficie de 546 m² y linda al Norte, en línea de 12,70 m con parcelas 17-C1 y 17-C2; al Sur, en línea de 12,70 m con zona de servicio de Autopista de Barajas; al Este, en línea de 43 m con terrenos de la Agrupación; y al Oeste, en línea de 43 m con parcelas 17-A1, 17-A2 y 17-A3.

Fundamentos jurídicos:

Primero. La Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas en sus artículos 50 al 54 y el Reglamento General de la Ley 33/2003, aprobado mediante Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, en sus artículos 61 a 67 establecen el procedimiento a seguir en los expedientes de deslinde que se realicen sobre bienes patrimoniales de la Administración General del Estado.

Segundo. Por resolución de 7 de julio de 2005, de la Dirección General de Patrimonio del Estado, se delega en los Delegados Provinciales la competencia de incoación del procedimiento para deslindar los bienes patrimoniales de la Administración General del Estado del artículo 51 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas. Por Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio, de delegación de competencias, también se delega en los titulares de las Delegaciones de Economía y Hacienda del departamento las competencias reconocidas al Ministro por el citado artículo 51 de la Ley 33/2003, es decir, la resolución de los citados procedimientos de deslinde. Dicha delegación se mantiene de acuerdo con la Disposición Final 2.ª del Real Decreto 415/2016, de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.

Tercero. Existe el preceptivo informe favorable al procedimiento seguido de la Abogacía del Estado de fecha 21 de agosto de 2017, conforme a lo establecido en el artículo 52.d) de la Ley 33/2003.

Por tanto, en virtud de la normativa aplicable y de los hechos expuestos, se resuelve aprobar el deslinde de las parcelas C1 y A1, sitas en Calle Corazón de María, n.º 36 y 36 (B), y de la parcela C2, sita en Avenida de América nº 45 (B) -antes n.º 55- de Madrid, con los linderos descritos y según el expediente instruido por la Delegación de Economía y Hacienda en Madrid.

Notifíquese esta Resolución a los interesados, comunicándoles que pone fin a la vía administrativa y que contra la misma se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a contar desde su notificación o, potestativamente, y con carácter previo, recurso de reposición ante esta Delegación de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 5 de septiembre de 2017.- El Ministro de Hacienda y Función Pública, por delegación: Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio, Disposición Final 2.ª del Real Decreto 415/2016, de 3 de noviembre, el Delegado de Economía y Hacienda, Francisco Javier González Rodríguez.

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