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Documento BOE-B-2017-43878

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 15 de julio de 2017, páginas 53072 a 53072 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-43878

TEXTO

Edicto

Doña Yolanda Peña Jiménez, Letrado Administración Justicia, Juzgado Mercantil 10 Madrid, hace saber:

1.- Que en el concurso número de autos 342/2017, con número de identificación general del procedimiento 0031783/2017, por auto de 22 de junio de 2017, se ha declarado conjuntamente en concurso de acreedores voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado a Guardal, S.A.U., con CIF número A-78051083, a Projects Advanced Security Systems, S.A., con CIF número A-81136251, a GrupoGuardal Euskadi, S.L.U., con CIF número B-95396891, a GrupoGuardal Catalunya, S.L.U., con CIF número B-64029598, y a GrupoGuardalLevante, S.L.U., con CIF número B-85688216, todas ellas domiciliadas en la calle Medea, número 4, 4 B, de Madrid.

2.- Que los acreedores de las concursadas comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado y al número concreto de concurso que luego se indicará.

3.- Que las concursadas conservan las facultades de administración y disposición de su patrimonio, intervenidas por la Administración concursal.

4.- La identidad de la Administración concursal es la de la sociedad profesional, Law&Tax Consulting Europe, S.L.P., con domicilio postal en la calle General Díaz Porlier, número 57, 4.º C, de Madrid 28006, teléfono número 913090818 y 626821339, correo electrónico a.lopez@lspabogados.com, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las direcciones, siendo la Administración Concursal de todas las concursadas.

5.- Que los acreedores que comuniquen créditos deberán realizarlos al concurso correspondiente y a su número concreto de concurso, esto es, a los siguientes:

· Guardal, S.A.U., con el número de concurso 342/2017.

· Projects Advanced Security Systems, S.A., con el número de concurso 430/2017.

· GrupoGuardal Euskadi, S.L.U., con el número de concurso 431/2017.

· GrupoGuardal Catalunya, S.L.U., con el número de concurso 429/2017.

· GrupoGuardalLevante, S.L.U., con el número de concurso 428/2017.

6.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en alguno de los concursos lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

Madrid, 11 de julio de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

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