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Documento BOE-B-2017-4251

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 21, de 25 de enero de 2017, páginas 5107 a 5107 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-4251

TEXTO

Edicto.

D. Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 44/2009, seguido a instancias del Procurador/a don Javier Sintes Sánchez, en nombre y representación de SUMINISTROS JOSÉ LUIS CABRERA, S.L., se ha dictado Auto el día 28 de octubre de 2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de CONSTRUCCIONES MIGUEZ LANZAROTE, S.L., con CIF B35768209, el que se tramitará por el procedimiento ordinario.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de Necesario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y en el Boletín Oficial del Estado.

Se designa como Administrador del concurso a: D. Enrique Javier Castro Bordón, como abogado, el cual ha designado como domicilio c/ Triana, 27, Ático, 35002 Las Palmas de G.C., teléfono 928362499 y FAX 928362872, así como Dirección electrónica: enriquecastro@bbasociados.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda su suspensión.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 10 de enero de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

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