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Documento BOE-B-2017-42229

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 160, de 6 de julio de 2017, páginas 50955 a 50955 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-42229

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 345/2017, con NIG 2906742M20170000207, por auto de 9 de junio de 2017 se ha declarado en concurso voluntario al deudor MAITENA COMUNICACIONES, S.L.U., con CIF B93276384, y domicilio en la c/ Sierra del Co, n.º 18-2, CP 29016 Málaga, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.

2.º Que se ha acordado abrir la fase de liquidación a petición del deudor, declarándose disuelta la sociedad MAITENA COMUNICACIONES, S.L.U., y cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal.

3.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

4.º Que la administración concursal la integra: D. RAMÓN DÁVILA GUERRERO, Letrado, con DNI 31190922-R, con DOMICILIO en Málaga y dirección postal Avda. Ricardo Soriano, n.º 50, 1.º, CP 29601, Tlf: 956 293 316, y con dirección de correo electrónico info@ramondavila.com que designa a los efectos de comunicación de créditos.

5.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

7.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

Málaga, 21 de junio de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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