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Documento BOE-B-2017-37236

Anuncio del Área de Patrimonio de la Subdirección General de Patrimonio del Ministerio de Defensa, por el que se da publicidad al acuerdo de incoación de un expediente de deslinde administrativo entre la Base Militar de Hoya Fría y la finca registral nº 11.627 (anteriormente la nº 42964) del Registro de la Propiedad de La Laguna (Tenerife), y se fija la fecha y la hora de inicio del apeo.

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 16 de junio de 2017, páginas 44914 a 44915 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-B-2017-37236

TEXTO

En virtud de lo dispuesto en el artículo 51.2 de la Ley 33/2003, de 03 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, el Director General de Infraestructura del Ministerio de Defensa, por delegación de la Ministra de Defensa, ha acordado la incoación de expediente de deslinde administrativo entre la Base Militar de Hoya Fría y la finca registral nº 11.627 (anteriormente la n.º 42964) del Registro de la Propiedad de La Laguna (Tenerife).

Conforme a la Memoria Justificativa de la conveniencia del deslinde, las fincas a las que afecta este procedimiento, con expresión de sus linderos generales, de sus enclaves, colindancia y extensión perimetral y superficial, son:

Finca registral 42.544.- Con una superficie recientemente medida de 286.035 m². Sus linderos son: al Norte, en una longitud aproximada de 339 metros, con las servidumbres de la Autopista TF-5, y al Este, en una línea sensiblemente recta de 306 metros con la finca 42.965, hoy la 35.032, con una línea irregular de 386 metros con una finca sin inscribir, denominada así en adelante, propiedad del Ministerio de Defensa; y en una línea de aproximadamente 50 metros con la finca 42964, hoya la 11.627. Los titulares catastrales por el lindero oeste son Transformaciones y Servicios S.L., Caixa d'Estalvis de Cataluña y Fundació Catalunya. Contiene dos enclaves de propiedad catastralmente desconocida y de linderos definidos.

Finca registral 68.463.-. Propiedad del Ministerio de Defensa con una superficie medida de 38.259 m². Sus límites son: al Norte, en línea de aproximadamente 129 metros, con las servidumbres de la Autopista TF-5, al Este, mediante línea ondulada de 151 metros con la finca 42.964, hoy 11.627 y con una línea curva de 294 metros, con la finca del Ministerio de Defensa sin inscribir; y al Oeste, en una línea sensiblemente quebrada de 352 metros, con la finca 42.965, hoy 35.032.

Finca sin inscribir.- Propiedad del Ministerio de Defensa, con una superficie medida recientemente de 301.280 m². Linda, al Norte, Este y Sur, mediante una línea irregular de 1.691 metros, con la finca 42.964, hoy 11.627; y al Oeste, en tramos de 386, 254 y 294 metros, con las fincas 42.544, 42.965, hoy 35.032 y 68.463, respectivamente.

Finca registral 11.470.- Adquirida por el Ministerio de Defensa por compra en 1.946, con una superficie comprobada recientemente de 23.323 m2. Sus linderos son, al Norte, en línea curva de 83 metros con las servidumbres de la Autopista TF-5 y en una línea curva de 201 metros, que constituye parte de sus linderos Norte y Este, con terrenos de titularidad catastral desconocida y linderos definidos; al Sur, en una línea convexa de 318 metros con la finca 42.964, hoy 11.627.

Finca registral 69.692.- Propiedad del Ministerio de Defensa con una superficie medida recientemente de 38.064 m². De forma aproximadamente trapezoidal, acabada en punta orientada al norte, de modo que sus linderos son, al Noreste, mediante una línea recta de 322 metros, con la misma finca de titularidad catastral desconocida y de linderos definidos, y con la propiedad en proindiviso de Mercados Centrales de Abastecimiento de Tenerife S.A., al Sureste, en línea irregular de 236 metros, con las servidumbres de la Autopista TF-1 y al Oeste, en una línea quebrada de dos tramos, de 168 y 235 metros, con la finca 42.964, hoy 11.627.

Cualquier propietario que se considere afectado por el presente expediente de deslinde administrativo, podrá presentar las alegaciones que considere oportunas en el plazo de 15 días hábiles, a partir de la publicación del presente anuncio en el "Boletín Oficial del Estado".

Conforme a lo establecido en los artículos 50 y siguientes de la Ley 33/2003, de 03 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, así como el art. 61 y siguientes del Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de la citada Ley de Patrimonio, referentes al ejercicio de la potestad de deslinde y procedimiento a seguir para deslindar bienes de la Administración General de Estado, se procede a poner de manifiesto lo siguiente:

Primero: el acto de apeo, previsto en el artículo 65 del Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 33/2003, de 03 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, tendrá lugar el primer día hábil posterior al transcurso de tres meses, desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, tal como dispone el párrafo segundo del art. 64 del referido Reglamento, citándose a los interesados y peritos designados por estos, en su caso, en el sitio de la finca a deslindar a las 09,30 horas.

Segundo: Los interesados presentarán en el Área de Patrimonio de la Subdelegación de Defensa en Tenerife, sita en la Avda. 25 de julio, 3 – 38004 Santa Cruz de Tenerife, las alegaciones y cuantos documentos estimen necesarios, relativos a las parcelas de su propiedad que sean colindantes con la que es objeto de deslinde, en el plazo que va desde la publicación de este anuncio, hasta veinte (20) días hábiles anteriores al día de la fecha prevista para el comienzo del acto de apeo.

Asimismo, a los efectos previstos en los artículos 44 y 45 de la Ley 39/20015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se estima de interés público poder poner en conocimiento de los posibles interesados desconocidos o de domicilio desconocido, y de aquellos otros a los que no pueda notificarse personalmente, por medio de este anuncio, la fecha del acto de apeo y los plazos para la presentación de alegaciones y documentos.

Tercero: El presente anuncio, en cumplimiento de lo estipulado en el artículo 52. c) de la Ley 33/2003, de 03 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, se comunicará al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, en cuyo término municipal radica la finca a deslindar, para su publicación en el tablón de edictos.

Madrid, 12 de junio de 2017.- El Coronel Auditor Instructor del expediente de deslinde administrativo.

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