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Documento BOE-B-2017-37149

Anuncio de la Subdirección General de Infraestructuras y Tecnología de la Dirección General del Agua del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, relativo a la aprobación del "Anteproyecto, Adenda y Estudio de Impacto Ambiental de la Remodelación de la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de Buenos Aires TM Santa Cruz de Tenerife". Clave: 13.191-0120/2101.

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 15 de junio de 2017, páginas 44788 a 44789 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2017-37149

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental se hace público que, con fecha de 5 de junio de 2017, la Dirección General del Agua ha resuelto:

1. Aprobar, a efectos de lo dispuesto en el artículo 121 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el «Anteproyecto, Adenda y EIA de la remodelación de la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de Buenos Aires TM Santa Cruz de Tenerife» por su presupuesto base de licitación de 32.488.005,23 € (con un IGIC del 0%) y un plazo de ejecución de tres (3) meses de redacción de proyecto constructivo, veinticuatro (24) meses de ejecución de las obras y seis (6) meses de pruebas de funcionamiento, haciendo constar que reúne los requisitos exigidos por la Ley y Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas y que incorpora el reglamentario estudio de Seguridad y Salud.

2. Encomendar a la Subdirección General de Infraestructuras y Tecnología la comunicación de la presente resolución a los efectos previstos en el artículo 127 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas.

3. Encomendar a la Subdirección General de Infraestructuras y Tecnología la comunicación del texto íntegro de la presente resolución a los interesados cuyos derechos o intereses puedan verse afectados por la misma, conforme a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4. Encomendar a la Subdirección General de Infraestructuras y Tecnología la publicación de la resolución conforme a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

5. Encomendar a la Subdirección General de Infraestructuras y Tecnología el replanteo del proyecto según lo establecido en el artículo 126 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Dicha aprobación técnica no implica compromiso de gasto alguno. Una vez que el anteproyecto haya sido aprobado técnicamente se iniciará el correspondiente expediente de gasto, lo que dará lugar a la fiscalización y aprobación posterior del expediente.

La Declaración de Impacto Ambiental se formula, por parte de la Secretaria de Estado de Medio Ambiente, con fecha de 3 de mayo de 2017 (BOE n.º 115 de 15 de mayo de 2017), en la cual se indican las medidas preventivas y correctoras a cumplir por el promotor de esta actuación.

Madrid, 6 de junio de 2017.- El Subdirector General de Infraestructuras y Tecnología.

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