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Documento BOE-B-2017-35034

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 6 de junio de 2017, páginas 42119 a 42119 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-35034

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla anuncia:

Que en el procedimiento número 121/2009-9, por Auto de fecha 9 de mayo de 2016, se ha dictado Auto de Conclusión del Concurso, correspondiente al deudor: Benítez Guillén, S.L., BG2 Benítez Guillén, S.L., BG3 Benítez Guillén, S.L., y BG4 B Benítez Guillén, S.L., con C.I.F. B-41030313, B-41787805, B-14691380 y B-91478149.

La parte dispositiva de la citada resolución, en extracto, dice lo siguiente:

Parte Dispositiva

Acuerdo:

1) La conclusión del proceso concursal de Benítez Guillén, S.L., BG2 Benítez Guillén, S.L., BG3 Benítez Guillén, S.L. y BG4 B Benítez Guillén, S.L., con C.I.F. B-41030313, B-41787805, B-14691380 y B-91478149, y domicilio en Sevilla, C/ Rafael Beca Mateos, nº 8 Polígono Industrial Carretera Amarilla, Sevilla, C/ Rafael Beca Mateos, nº 8 Polígono Industrial Carretera Amarilla, Córdoba C/ Simón Carpintero s/n Polígono Las Quemadas, Badajoz Carretera Nacional V Km 395, llevado en este mismo juzgado con el nº 121/2009. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.

2) El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en el plazo de 5 días.

3) La declaración de extinción de la sociedad Benítez Guillén, S.L., BG2 Benítez Guillén, S.L., BG3 Benítez Guillén, S.L., y BG4 B Benítez Guillén, S.L., con C.I.F. B-41030313, B-41787805, B-14691380 y B-91478149 y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil y en los demás públicos que corresponda. Expídase mandamiento al Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.

4) Notificar el extracto de esta resolución en el BOE de forma gratuita de conformidad con el art 23 L.C.

Sevilla, 2 de junio de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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