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Documento BOE-B-2017-30080

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 17 de mayo de 2017, páginas 36064 a 36064 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-30080

TEXTO

D./Dña. Cristina M.ª Valero Domench, Letrado/a de la de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente, hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 917/2012 de la mercantil de Tierras de Valencia, S.A., Fernando Polanco Huidobro, Teresa Villalba Boils y Valencia 89, S.A., habiéndose dictado en fecha 27 de abril de 2017 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia, auto de autorización de venta directa, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"Debo acordar y acuerdo conceder la autorización de venta directa, como alternativa a la realización liquidatoria de bienes hipotecados, a la Administración Concursal del presente concurso de D. Fernando Polanco Huidobro, D.ª Teresa Villalba Boils, y de la mercantil Valenciana 89, S.A., sobre:

-la finca registral n.º 3.398 inscrita en el Registro de la Propiedad de Valencia n.º 3, titularidad de la mercantil Valenciana 89, S.A., a favor de D. Paula Roquet-Jalmar Gimeno por la suma de 300.000 euros más los gastos de compraventa y pago al contado, y

-sobre la finca registral n.º 7971, inscrita en el Registro de la Propiedad de Valencia n.º 3, titularidad de los concursados D. Fernando Polanco Huidobro y D.ª Teresa Villalba Boils, a favor de la mercantil Vercuñat, S.L., por la suma de 400.000 euros más los gastos derivados de la compraventa y pago al contado.

Procédase, antes de la ejecución de dicha venta, a otorgar la publicidad legal de las ofertas, consistente en la misma publicidad que corresponde a la subasta del bien, por un plazo de 10 días, con prevención de que dentro de tal plazo podrá presentarse tercero que mejore aquel precio, abriéndose en tal caso licitación entre los interesados. Transcurrido dicho plazo sin postor alternativo, tendrá plena efectividad la autorización concedida."

Valencia, 3 de mayo de 2017.- El/La Letrado/a de la de la Administración de Justicia.

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