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Documento BOE-B-2017-2531

ZAMORA

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 17 de enero de 2017, páginas 3053 a 3053 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-2531

TEXTO

Edicto

D.ª M.ª Inés Santiago Alejos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 2 y de lo Mercantil de Zamora, por el presente, hago saber:

1º.- Que en sección I declaración concurso 500/2016 y NIG 49275 41 1 2016 0004880, seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 23/12/2016 auto de declaración de concurso voluntario de Pinar de Sanabria, S.A., con CIF A84891670, y domicilio social en calle Bretón de los Herreros, n.º 46, estudio 2, de Madrid.

2º.- Se ha acordado que el deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio y sujeto a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad en la forma prevista en la Ley Concursal, pudiendo el deudor realizar hasta el momento de la aceptación del cargo por parte de los administradores concursales, actos propios de su giro o tráfico que sean imprescindibles para la continuación de su actividad, siempre que se ajusten a las condiciones normales del mercado.

3º.- Se ha designado, como administración concursal a María Concepción Picón Garrote con domicilio postal y de competencia territorial de este órgano judicial en la calle San Torcuato, 19, entreplanta 5, código postal 49014, de Zamora, y dirección electrónica señalada pinardesanabriaconcurso@gmail.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC).

6º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es.

Zamora, 10 de enero de 2017.- La Letrado de la Administración de Justicia.

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