Edicto
D. José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra,
Hace saber:
Que en este Juzgado y con el núm. 248/2015-C-, se siguen autos de Concurso voluntario de Cosergo Construcciones y Servicios, S.L., en los que con fecha 29.3.17, ha recaído Auto, ya Firme, de Conclusión del concurso al amparo del art. 152.2, de la LC; resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente;
1. Se decreta la conclusión, por finalización de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores de Cosergo Construcciones y Servicios, S.L., con CIF número B-94016656 y domicilio social en Lugar de O Cruceiro número 18, de Lérez, Pontevedra. Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al Folio 60, Libro 3.601, Tomo 3.601, Hoja Po-48.974, con los efectos legales inherentes.
2. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese de los administradores concursales.
4. Se acuerda la extinción de la sociedad Cosergo Construcciones y Servicios, S.L. y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
5. Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.
6. Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.
Modo de Impugnación: Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC).
Y para que conste, se extiende la presente
Pontevedra, 29 de marzo de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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