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Documento BOE-B-2017-22035

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 84, de 8 de abril de 2017, páginas 26099 a 26100 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2017-22035

TEXTO

Juzgado de 1.ª Instancia n.º 39 de Madrid.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 317/2016 SC

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Procedimiento Ordinario entre D. ENRIQUE HERRAIZ ARANO y HERENCIA YACENTE DE CASILDA LARRAURI PORTUGALETE en reclamación de 70.000 euros, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

DECRETO

LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR. D. LUIS MIGUEL NIETO GARCÍA.

Lugar: Madrid.

Fecha: veinticinco de abril de dos mil dieciséis.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- El Procurador Dña. Maria Antonia Ariza Colmenarejo en nombre y representación de D. Enrique Herraiz Arano, según acredita con el poder que acompaña, ha presentado demanda de juicio ordinario, señalado como partes demandadas a Herencia yacente de Casilda Larrauri Portugalete, y acompanando la documentación pertinente.

SEGUNDO.- Expresa el actor que la cuantía de la demanda es la de 70.000 euros.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Examinada la anterior demanda y a la vista de los datos y documentos aportados, se estima que la parte demandante reúne los requisitos de capacidad, representación y postulación necesarios para comparecer en juicio conforme a los artículos 6,7, 23 y 31 de la LEC.

SEGUNDO.- Así mismo, vista las pretensiones formuladas en la demanda, este Juzgado tiene jurisdición y competencia objetiva para conocer de las mismas, según los artículos 36, 45 y 46 de la citada ley procesal.

TERCERO.- Examinada la competencia territoral, cuando proceda, de conformidad con los artículos 58 y 52.1 de la LEC corresponde su conocimiento a este órgano en virtud de lo establecido en los artículos 50 y siguentes de la LEC.

CUARTO.- Por lo que respecta a la clase de juicio, la parte actora,cumpliendo lo ordenado en el artículo 253.2 de la LEC ha expreaado justificadamente en su escrito inicial la cuantía de la demanda, en concreto que la cuantía es 70.000 euros así como la materia sobre la que versa la demanda a la vista de lo cual procede sustanciar el proceso por los trámites del juicio ordinario, según dispone el artículo 249 de la LEC.

QUINTO.- Por lo expuesto procede la admisión a trámite de la demanda y, como ordena el artículo 404.1 de la LEC, dar trasalado de la misma, con entrega de su copia y de la de los documentos acompañados, a la parte demandada emplazándola, con los apercibimientos ya advertencias legales, para que la conteste en el plazo de veinte días hábiles computados desde del siguiente al emplazamiento.

PARTE DISPOSITIVA

SE ACUERDA:

Admitir a trámite la demanda y documentación presentada por el Procurador Dña. María Antonio Ariza Colmenarejo en nombre y representación de D. Enrique Herraiz Arano, frente a Herencia yacente de Casilda Larrauri Portugalete, sustanciándose el proceso por las reglas de juicio ordinario.

Emplazar a la parte demandada por Edictos a publicar en el tablón, en el BOE y en un periódico de tirada nacional.

Apercibir a la parte demandada que si no comparece dentro del plazo indicado se le declarará en situación de rebledía procesal (art. 496.1 LEC).

Advertir a la parte demandada que la comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador y con asistencia de abogado (art. 23 y 31 de la LEC).

Contra la resolución que se notifica cabe recurso de reposición ante letrado/a de la Admón. de Justicia, mediante escrito presentado en el plazo de cinco días, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículos 451 y 452 de la LEC).

La interposciión del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 451.3 de la LEC).

Lo acuerdo y firmo, Doy fe.

El Letrado de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a Herencia Yacente de Casilda Larrauri Portugalete, expido y firmo la presente en

Madrid, 25 de abril de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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