D./D.ª María de las Nieves García Pérez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil de Santander, hago saber:
Que en el procedimiento de referencia se ha acordado por Sentencia de fecha 27 de noviembre de 2013 y providencia de 5 de diciembre de 2016, lo siguiente:
1. Se declara concluso el presente concurso n.º 253/2012 por insuficiencia de la masa.
2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes.
3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal.
4. Se acuerda el cese de la administración concursal.
5. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
6. Se acuerda la extinción de la persona jurídica de VICESCAN, S.L. con C.I.F. n.º B39621057 y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Santander.
Anúnciese la conclusión del concurso por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado, gratuitamente en el BOE y en el Registro Público Concursal.
Santander, 21 de marzo de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.
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