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Documento BOE-B-2017-18194

Resolución de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se da publicidad a la solicitud de modificación del Pliego de Condiciones de la Denominación de Origen Protegida (DOP) Rioja.

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 23 de marzo de 2017, páginas 21499 a 21500 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2017-18194

TEXTO

Con fecha 17 de noviembre de 2016 tuvo entrada en esta Dirección General la solicitud del Consejo Regulador de la DOP "Rioja", de modificación de su pliego de condiciones.

Dicha propuesta fue remitida el 14 de diciembre de 2016 a las CCAA territorialmente afectadas: Navarra, País Vasco y La Rioja, para que emitieran informe según lo establecido en el artículo 8.2 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas.

Se recibió informe a la propuesta por parte de la Comunidad Foral de Navarra, con fechas de entrada en el Ministerio de 24 de enero de 2017. Este informe expresó opinión favorable a la propuesta, sin formular observación alguna.]

Reunida la Mesa de Coordinación de la Calidad Diferenciada, con fecha 1 de febrero de 2017, por medios electrónicos sin sesión presencial, con la participación de las autoridades competentes del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de la Comunidad Foral de Navarra, de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de la Comunidad Autónoma de La Rioja, acordó informar favorablemente la continuación del procedimiento de tramitación de esta solicitud de modificación del pliego de condiciones de la DOP "Rioja".

En consecuencia, de acuerdo con las facultades que el artículo 8.3 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, atribuye a esta Dirección General,

RESUELVO continuar el procedimiento de tramitación de la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la DOP "Rioja" y, de acuerdo con lo previsto en los artículos 9 y 10 del citado Real Decreto, ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acto administrativo sobre la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida "Rioja", junto con el propio pliego de condiciones y su documento único, según lo previsto en el artículo 96 del Reglamento (UE) Nº 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios, que estable un plazo de dos meses a partir de la fecha de la publicación que se ordena, para que cualquier persona física o jurídica que esté establecida o resida legalmente en España, cuyos legítimos derechos o intereses considere afectados, pueda oponerse al registro pretendido, mediante la correspondiente declaración de oposición, dirigida al órgano competente del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

La dirección de la página web de dicho Ministerio, en que se encuentran publicados el pliego de condiciones y el documento único, con las modificaciones solicitadas, es la siguiente:

http://www.magrama.gob.es/es/alimentacion/temas/calidad-agroalimentaria/calidad-diferenciada/dop/htm/reglamentacion.aspx

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, ante la Secretaria General de Agricultura y Alimentación, de conformidad con lo prevenido en el artículo [114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.]

Madrid, 27 de febrero de 2017.- El Director General de la Industria Alimentaria, Fernando J. Burgaz Moreno.

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