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Documento BOE-B-2017-18135

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 23 de marzo de 2017, páginas 21416 a 21416 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-18135

TEXTO

Doña María Jesús Palmero Sandi, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, anuncio:

Que en este Juzgado se sigue el procedimiento de concurso voluntario abreviado de la mercantil MANTENIMIENTO, REPARACIONES Y OBRAS OIKKOSS, S.L., bajo en n.º 590/2016 en los que se ha dictado en fecha 12 de enero de 2016 auto acordando:

1. Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el procurador de los Tribunales, Sra. Lasa Gómez, en nombre y representación de MANTENIMIENTO, REPARACIONES Y OBRAS OIKKOSS, S.L. con CIF B-86030111.

2. Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario al deudor MANTENIMIENTO, REPARACIONES Y OBRAS OIKKOSS, S.L. Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas procedimentales del Capítulo II del Título VIII L. Co. para el procedimiento abreviado.

3. El deudor MANTENIMIENTO, REPARACIONES Y OBRAS OIKKOSS, S.L. conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.

4. Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3ª del apartado 1º del art.176.bis L. Co., con los efectos inherentes a dicha declaración, en especial:

a) se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.

b) firme la presente resolución, notifíquese la presente a los acreedores y demás interesados; inscribiendo la misma en el modo señalado en el art. 24 L. Co.; declarando la gratuidad de la inscripción en el BOE;

c) se acuerda a efectos concursales la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada, disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos y el cierre de las hojas registrales a los efectos concursales, librando para ellos los oportunos mandamientos una vez firme la presente resolución.

Y para que sirva de publicidad en forma se expide el presente.

Madrid, 12 de enero de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

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