Está Vd. en

Documento BOE-B-2017-18118

SEGOVIA

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 23 de marzo de 2017, páginas 21399 a 21399 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2017-18118

TEXTO

Don Luis García Aguado letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia del número dos de esta Ciudad de Segovia y su Partido y de lo Mercantil.

Hace saber: Que en este órgano judicial se tramita sección V convenio 0000036/2016, seguido a instancias de "Segovia 21, Sociedad Anónima", sobre en los que, por resolución de fecha 16 de diciembre de 2016 se ha acordado lo siguiente: "Debo aprobar y apruebo el convenio propuesto por la concursada "Segovia 21, Sociedad Anónima", aceptada por la mayoría legalmente suficiente en la junta de acreedores celebrada el efecto en fecha de 22 de noviembre de 2016.

No se hace expreso pronunciamiento en materia de costas.

Los efectos recogidos en el auto de declaración de concurso se verán sustituidos por los del convenio. En consecuencia, cesan desde la fecha de la de la presente sentencia, todos los efectos de la declaración de concurso que quedan sustituidos por los que el propio convenio establece. En todo caso, subsistirá hasta la conclusión del procedimiento el deber de colaboración e información que establece con carácter general el artículo 42 de la Ley Concursal, además del deber de información semestral del artículo 138 de la Ley Concursal.

En el plazo de treinta días contados a partir del siguiente al de la notificación de esta resolución, la administración concursal rendirá cuentas de su actuación ante este Juzgado.

Publíquese la sentencia en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y en el Tablón de anuncios de la oficina judicial.

Se acuerda la formación de la sección de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso. Hágase constar en el edicto que dentro de diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante par la calificación del concurso como culpable.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, a la sociedad declarada en concurso y a las partes personadas, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Segovia, en el plazo de veinte días hábiles siguientes a su notificación, previa constitución del depósito legalmente exigido y previo pago de las tasas que en su caso resulten legalmente exigibles".

Segovia, 3 de febrero de 2017.- El/La Letrado de la Administración de Justicia.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid