Está Vd. en

Documento BOE-B-2017-10651

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 20 de febrero de 2017, páginas 12530 a 12530 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-10651

TEXTO

Edicto

D./Dña. Águeda Reyes Almeida, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000438/2016, seguido a instancias del Procurador D.Javier Sintes Sánchez, en nombre y representación de Club de Campo El Cortijo de Gran Canaria, S.A., se ha dictado auto el día 11 de enero de 2017, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Club de Campo el Cortijo de Gran Canaria, S.A. con CIF nº A35472893, el que se tramitará por el procedimiento ordinario.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal, en el Boletín Oficial del Estado y mediante edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Se designan como administrador del concurso a: D. Víctor Manuel Lubillo Montenegro, como abogado economista, el cual ha designado como domicilio postal el de Avda. de Tirajana, 37, edificio Mercurio torre 2 1º G y código postal 35100 San Bartolomé de Tirajana - Las Palmas teléfono 928-776121, móvil 606-963746 y fax 928-778850, así como Dirección electrónica vlubillo@economistas.org.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; La intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

D. Alberto López Villarrubia, Magistrado Juez. D./Dña. Águeda Reyes Almeida, Letrado/a de la Administración de Justicia. - Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal,

Las Palmas de Gran Canaria, 6 de febrero de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid