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Documento BOE-B-2016-8308

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 8 de marzo de 2016, páginas 10416 a 10416 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-8308

TEXTO

Doña Margarita Marquina Castells, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 232/2012 en el que se ha dictado con fecha 17 de diciembre de 2015 Auto de apertura de la fase de liquidación a la entidad De Martí, Sociedad Anónima, con Código de Identificación Fiscal A-58257528 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de Identificación General del Procedimiento: 08019-47-1-2012-8001363.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la suspensión por la Administración Concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso

Concursada: De Martí, Sociedad Anónima, con domicilio en calle Ciencias, 12, Polígono Industrial Can Calderón, en Viladecans.

Administrador concursal: Don David Busto Yuste, con domicilio en Rambla Catalunya, 51, quinto primera, Barcelona, con correo electrónico ac@quicksa.net

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada que no lo fueran en la fecha de la sentencia aprobando el convenio incumplido (sentencia de 12 de marzo de 2013) deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal su crédito en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los Autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitara el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 18 de diciembre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia, Margarita Marquina Castell.

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