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Documento BOE-B-2016-61195

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 28 de noviembre de 2016, páginas 74944 a 74946 (3 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-61195

TEXTO

Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid

Decreto

Letrado/a de la Admón. de Justicia Sr/a. D./Dña. MARÍA DOLORES SÁNCHEZ FRANCO.

Lugar: Madrid.

Fecha: Veinticuatro de octubre de dos mil dieciséis.

Antecedentes de hecho

Único.- Por la Procuradora Dña. CAROLINA SÁNCHEZ BLÁZQUEZ, en nombre y representación de D. JUAN CARLOS ÁLVAREZ se ha presentado en fecha 29 de abril escrito de denuncia de extravió de dos letras de cambio.

Fundamentos de Derecho

Primero.- Examinada la anterior solicitud, se estima, a la vista de los datos y documentos aportados, que la parte solicitante reúne los requisitos de capacidad y representación procesales necesarios para comparecer en juicio conforme a lo determinado en los artículos 6 y 7 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC).

Asimismo, tiene legitimación, y, en su caso, la postulación, suficiente para promover el expediente conforme al artículo 3 de la Ley 15/2015. de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria (LJV).

Segundo.- Vistas las pretensiones formuladas en la solicitud, este órgano judicial tiene jurisdicción y competencia objetiva para conocerlas, según los artículos 36 y 45 de la LEC, y 9 de la LJV.

Asimismo, es competente territorialmente para conocer de la demanda por aplicación del art. 133 de la LJV

Tercero.- Por último, la solicitud debe tramitarse por los trámites del art. 135 de la LJV y celebrar la comparecencia prevista en el mismo con las especialidades previstas en el artículo 18.

Cuarto.- El solicitante ha presentado el escrito dentro del plazo de nueve días desde que se formalizó denuncia ante la Sociedad Rectora del mercado secundario oficial correspondiente al domicilio de la entidad emisora el robo, hurto, destrucción o extravío del título, tal y como establece el art. 134.3

Parte Dispositiva

Admito la solicitud presentada por la Procuradora Dña. CAROLINA SÁNCHEZ BLÁZQUEZ, en nombre y representación de D. JUAN CARLOS ÁLVAREZ, sobre denuncia de extravío de dos letras de cambio y tengo a la referida Procuradora como comparecido/a y parte en la representación que acredita.

Acuerdo la celebración de la oportuna comparecencia y señalo, al efecto, el día 19 de diciembre de 2016, a las 10:00 horas, en esta Oficina Judicial. sito en C/ Gran Vía, 52, planta 3, 28013.

A la comparecencia, se citará:

- A la parte solicitante, D. JUAN CARLOS ÁLVAREZ LÓPEZ a D. MANUEL y D,ª TERESA DEL OLMO MARTÍN, quienes aceptaron las letras de cambio.

- A D. GUSTAVO GIMÉNEZ-CORRAL DE LA HELGUERA, librador de las mismas.

- A D. JESÚS BACHILLER VADILLO, como intermediario financiero que formalizó documentalmente la operación,

- A todo aquel que pueda tener interés en el presente.

En los respectivos domicilios que constan en las actuaciones; con la antelación y prevenciones previstas en los arts. 17.3 y 18.2 LJV. para lo que se expedirán las cédulas de citación y despachos que fueren necesarios.

En las cédulas, se advertirá:

1.ª) A la parte solicitante:

Si no asiste a la vista, se le tendrá por desistido de la demanda y se acordará el archivo de la solicitud (art. 18.2.1a LJV).

2.ª) A las demás personas citadas:

Si alguna no comparece, la comparecencia se celebrará y continuará el expediente sin mas citaciones ni notificaciones que las que la ley disponga (art 18.2.1.ª LJV).

Si alguna va a formular oposición, debe hacerlo en los cinco días siguientes a su citación pero ello no hará que el expediente se torne contencioso ni impedirá que continúe su tramitación hasta que sea resuelto, salvo que la ley expresamente lo prevea.

3.ª) A todas las personas citadas:

- Deben comparecer a la vista con los medios de prueba de que intenten valerse (art. 16.3 LJV)

- Deben comunicar a este órgano cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso. Así como los cambios relativos a sus números de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similar, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la Oficina judicial (art. 155.5 LEC).

Ofíciese al BOE y a un periódico de gran circulación de la provincia para publicación del anuncio de incoación del presente expediente.

Contra la resolución que se notifica cabe recurso de reposición ante el Letrado/a de la Admón. de Justicia, mediante escrito presentado en el plazo de cinco días, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículos 451 y 452 de la LEC).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 451.3 de la LEC).

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Madrid, 24 de octubre de 2016.- El/la Letrado/a de la Admón. de Justicia.

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