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Documento BOE-B-2016-61173

CÓRDOBA

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 28 de noviembre de 2016, páginas 74920 a 74920 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-61173

TEXTO

Edicto

Doña Elena Colorado Gámez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil de Córdoba,

Anuncia: Que en el procedimiento de Concurso Voluntario n.º 759/14 seguido en este Juzgado a instancia de la deudora D.ª María de la Sierra Rodríguez Molina (48865948X) se ha dictado Auto con fecha 10 de octubre del presente año cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Debo declarar y declaro la conclusión del concurso de D.ª María de la Sierra Rodríguez Molina, seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el n.º 759/14 y el archivo de las actuaciones por la inexistencia de bienes y derechos de la concursada.

El deudor persona natural quedará responsable del pago de los créditos restantes.

Todo ello, sin perjuicio del derecho de los acreedores para instar la reapertura del concurso dentro del año siguiente a esta resolución con la finalidad de ejercitar acciones de reintegración.

La declaración de concurso de deudor persona natural dentro de los cinco años siguientes a la conclusión de otro anterior por liquidación o insuficiencia de masa activa tendrá la consideración de reapertura de este. El Juez competente, desde que se conozca esta circunstancia, acordará la incorporación al procedimiento en curso de todo lo actuado en el anterior.

La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24.

Notifíquese la presente resolución al concursado mediante comunicación personal que acredite su recibo y a las partes personadas en el concurso haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Córdoba, 21 de octubre de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.

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