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Documento BOE-B-2016-61049

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 28 de noviembre de 2016, páginas 74795 a 74796 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2016-61049

TEXTO

Juzgado de Primera Instancia Nº 18 de Málaga

Edicto

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 424/2015 seguido a instancia de Juan Villanueva Muñoz, Maria Isabel Villanueva Muñoz, Rafael Villanueva Muñoz y Francisca Villanueva Muñoz frente a Dolores Diaz Ruiz, Maria Pilar Sanchez Arias, Maria Diaz Ruiz, Francisca Diaz Ruiz, herencia yacente de Jose Diaz Ruiz y herencia yacente de Rafael Diaz Ruiz se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal del encabezamiento y fallo, es el siguiente:

Sentencia Nº 32/2016

En Málaga, a cuatro de marzo de dos mil dieciséis.-

Vistos por mí, doña Ana Maulla Rodero, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia dieciocho de Málaga, los presentes autos de Juicio Ordinario, registrado con el número 42_ 4/2015, y seguido entre partes de una y como demandantes don Juan Villanueva Muñoz, con domicilio en Málaga, calle Escritor Galán Rivas riº 29- 1 º, provisto del D.N.I. nº 24.807 845-E, doña Maria Isabel Villanueva Muñoz, con domicilio en Málaga, calle López Maldonado nº 88, provista del D.N.I. nº 24.793.119-Q, don Rafael Villanueva Muñoz, con domicilio en Málaga, calle Bartolomé de las Casas nº 4, provisto del D.N.I. nº 24.842.024-T, y doña Francica Villanueva Muñoz, con domicilio en Rincón de la Victoria (Málaga), calle Acebuche nº 6-5-1. Provista del D.N.I. nº 24.772.828-B, todos ellos representados por el Procurador don Francisco Ibáñez Carrión y asistidos por el Letrado don Carlos Jiménez García-Hirschfeld, y de otra y como demandados doña Dolores Diaz Ruiz, con domicilio en Málaga, calle San Juan Bosco nº 96, 2ºC, provista del D.N.I. 24.991.525, doña Maria Pilar Sánchez Arias, con domicilio en Málaga, calle Juan de Austria nº 37, 4°8 provista del D.N.1. nº doña Maria Diaz Ruiz, con domicilio en Málaga, Avenida Pintor Joaquín Sorolla número 5, 5°-a-Jzda., provista del D.N.I. nº 24.566.984, doña Francisca Diaz Ruiz, con domicilio en Málaga, calle Cáceres número 2, provista del D.N.I. nº -4.566.986, y Herencias Yacentes de Don Jose Diqaz Ruiz y de don Rafael Diaz Ruiz, todos ellos en situación procesal de rebeldía, sobre acción declarativa de dominio y rectificación registra', y atendidos los siguientes

Fallo

Que, estimando la demanda formulada por don Juan Villanueva Muñoz, doña Maria Isabel Villanueva Muñoz, don Rafael Villanueva Muñoz y doña Francisca Villanueva Muñoz, todos ellos, representados por el Procurador don Francisco Ibáñez Carrión, contra doña Dolores Diaz Ruiz, doña Maria Pilar Sanchez Arias, doña Maria Diaz Ruiz, doña Francisca Diaz Ruiz y Herencias Yacentes de don Jose Diqaz Ruiz y de don Rafael Diaz Ruiz, todos ellos en situación procesal de rebeldía, en situación de rebeldía, resuelvo lo siguiente:

1 º.- Debo decalarar y declaro suficientemente acreditada la adquisición por doña María Isabel Villanueva Muñoz, don Rafael Villanueva Muñoz y doña Francisca Villanueva Muñoz, con carácter privativo (al proceder de la herencia de su padre fallecido, don Juan Villanueva Jiménez), del 100% dominio de la siguiente finca: "FINCA NUMERO UNO.VIVIENDA: Enclavada en la planta baja del edificio sito en el número 29 de la calle Escritor Galán y Rivas, en el término municipal de Málaga, que tiene su acceso directamente de la calle de su situación. Consta de salón comedor; cocina, pasillo distribuidor; dormitorios, cuarto de baño y patio trasero y delantero. Comprende una extensión superficial de 200 metros cuadrados, siendo la superficie construida de l 30 metros cuadrados. Linda: por su ji-ente, en parte con calle Escritor Galán y Rivas y en parte con la escalera de acceso a la planta alta y zona de uso exclusivo de esa planta; derecha entrando, con el número 3 l de la misma calle; izquierda· entrando con el número 27 de la calle Escritor Galán y Rivas, fondo con el número 26 de la calle escritor González Anleo. Cuota del 38,834%. Referencia catastral. nº 82701 l 9UF6687S0002MY"; así como la adquisición por don Juan Villanueva Muñoz, con carácter privativo (al proceder de la herencia de su padre fallecido, don Juan Villanueva Jiménez), del 100% dominio de la siguiente finca: "Finca Número Dos.- Vivienda. En planta alta del edificio sito en el número 29 de fa calle Escritor Galán y Rivas, en el término municipal de Málaga. Tiene su acceso a través de escalera metálica no ciega que arranca desde la calle de situación a través de una porción de terreno exclusivo de esta planta. Consta de salón-comedor; cocina, pasillo distribuidor; dormitorios, cuarto de baño y terraza. Comprende una extensión superficial construida de l 08 metros cuadrados. linda: por su frente, con rellano de escalera por donde se accede y vuelo sobre patio de la finca número uno; derecha entrando, con el número 3 J de la misma calle; izquierda entrando con el número 2 7 de fa calle Escritor Galán y Rivas; y fondo con vuelo sobre patio posterior de la finca número uno. Cuota del 61, 166%. Referencia Catastral: 8270l 19UF6687S0003QU'.

Dichas fincas se forman por segregación de la Fi nea registra] nº 11646, inscrita al torno 1213 folio 246 del Registro de la Propiedad nº 6 de Málaga, reduciéndose la superficie y cuota de ésta en las proporciones segregadas.

2º.- Debo conenar y codneno a los expresados demandados a estar y pasar por dicha declaración.

3°.- Como consecuencia de la anterior declaración, debo mandar y mando llevar a cabo la rectificación del asiento de inscripción de la finca últimamente expresada, segregando del mismo las fincas anteriormente descritas, la cuales formarán dos finca registrales independientes, extendiéndose inscripción de dominio de estas nuevas fincas a favor de los demandantes ( de doña María Isabel Villanueva Muñoz, don Rafael Villanueva Muñoz y doña Francisca Villanueva Muñoz, de la finca nº I; y de don Juan Villanueva Muñoz, de la finca nº 2); cuya rectificación en ningún caso perjudicará los derechos adquiridos por tercero a titulo oneroso de buena fe durante la vigencia del asiento.

Málaga, 2 de noviembre de 2016.- Secretaria Judicial.

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