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Documento BOE-B-2016-36138

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 29 de julio de 2016, páginas 44484 a 44484 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2016-36138

TEXTO

Edicto

Don Jesús Miguel Gómez Santamaría, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Madrid,

Hace saber:

1.- Que en el concurso Abreviado 735/2016, por auto de fecha 26 de julio de 2016, se ha declarado en concurso consecutivo voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a don Javier Vicente Rey García, con n.º de identificación 51635657J, y domiciliado en Avda Canillejas a Vicálvaro 42, 28022 Madrid.

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento del Administrador Concursal en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, asi como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso que se haya optado por esa forma de comunicación del título o documentos relativos al crédito.

3.- Que el deudor ha sido suspendido de las facultades de administración y disposición.

4.- La identidad de la Administración concursal es don José Luis Castro Ruiz con domicilio en c/Hilarión Eslava n.º 32, 1.º derecha, 28015 Madrid, y dirección electrónica jlcastro@illasl.com, y n.º de teléfono 915432643 ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es.

7.- Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso en los términos previstos en el artículo 191 ter de la LC.

Madrid, 26 de julio de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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