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Documento BOE-B-2016-33252

GIJÓN

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 9 de julio de 2016, páginas 40724 a 40725 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-33252

TEXTO

Edicto

Don MIGUEL ÁNGEL ÁLVAREZ TURIENZAS, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Gijón, por el presente, hago saber:

1.º Que en Sección I Declaración Concurso 182/2016 con NIG 33024 47 1 2016 0000182, seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha de hoy Auto de declaración de concurso y abriendo la fase de liquidación de Ebanistería Buznego, S.L., CIF B.33929985, con domicilio en avenida de la Juvería, n.º 1105, de Tremañes, Gijón.

2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor.

3.º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmando por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración Concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cuál deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4.º La identidad de la Administración Concursal es la siguiente:

La censor jurado doña Sandra Alonso Díaz.

Dirección postal: Calle Pelayo, n.º 3, 2.ª planta, 33003 - Oviedo.

Horario: De lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas.

Correo electrónico: buznego@gpdconcursal.com

Teléfono: 985 22 75 15.

Fax: 985 22 00 81.

5.º Que en los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a ( artículo 184.3 LC).

6.º Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

7.º Se ha declarado disuelta la sociedad concursada cesando en su función sus adminsitradores que serán sustituidos por la Administración Concursal.

8.º Dar traslado a los acreedores a fin de que puedan realizar alegaciones al plan de liquidación presentado por el deudor, en el plazo de diez días (art. 191 ter. 2 LC).

Gijón, 13 de junio de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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