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Documento BOE-B-2016-19205

GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 9 de mayo de 2016, páginas 23910 a 23910 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-19205

TEXTO

E D I C T O

El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 96/2016, con NIG 1808742M20160000122, por auto de 29/03/16, se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Virtual Solutions y Artificial Intelligence, S.L., con CIF B-18888438 y domicilio en Edificio Cetic C/Rafael Gómez Montero, n.º 2 Granada.

2.º Se procede a la apertura de la fase de liquidación a solicitud del deudor VIRTUAL SOLUTIONS Y ARTIFICIAL INTELLIGENCE, S.L., durante la fase de liquidación quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

3.º Se ha presentado plan de liquidación por el deudor.

4.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D. Alberto Fernández Olilvares, con DNI 44.274.337-G, Abogado y domicilio en C/Manuel de Falla n.º 3, 7.º D de Granada y dirección de correo electrónico: concursovirtualsolutions@gmail.com

La personación en el presente procedimiento deberá efectuarse mediante escrito independiente del anterior, presentado en forma ante este Juzgado.

El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 Ley Concursal.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Granada, 8 de abril de 2016.- La letrada de la Administración de Justicia.

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