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Documento BOE-B-2016-1642

Anuncio de la Autoridad Portuaria de Santander por el que se somete a información pública la solicitud presentada por la sociedad Proyectos de Pedreña, Sociedad Limitada, de modificación de la concesión, otorgada por Orden Ministerial, de fecha 18 de mayo de 1993, de la Dirección General de Costas de la Secretaría de Estado para las Políticas del Agua y el Medio Ambiente del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para la ocupación de terrenos de dominio público marítimo-terrestre, con destino a instalaciones náutico-deportivas en Pedreña, término municipal de Marina de Cudeyo.

Publicado en:
«BOE» núm. 18, de 21 de enero de 2016, páginas 2221 a 2221 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2016-1642

TEXTO

La Autoridad Portuaria de Santander tramita un procedimiento administrativo para la modificación sustancial de una concesión sobre dominio público portuario, de conformidad con lo establecido en el artículo 88.2 y en los apartados 2 y siguientes del artículo 85.3 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.

Este procedimiento administrativo se inició a instancia de la Sociedad Proyectos de Pedreña, Sociedad Limitada, con objeto de obtener una prórroga en el plazo de la concesión de la que es titular.

De conformidad con lo establecido en el artículo 85.3 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, se publica el presente anuncio para que, en el plazo de veinte días hábiles, a partir del siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", las Corporaciones, Entidades y particulares que se crean afectados por tal petición, puedan examinar el expediente de que se trata en estas oficinas, sitas en Santander, Muelle de Maliaño, sin número, durante las horas hábiles de despacho de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, y presentar en ellas cuantas alegaciones estimen pertinentes relativas a dicha petición.

La presente resolución, al constituir un simple acto de trámite, no es susceptible, de recurso alguno, de conformidad con el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santander, 19 de enero de 2016.- El Presidente, Jaime González López.

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