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Documento BOE-B-2015-6554

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 3 de marzo de 2015, páginas 8961 a 8961 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-6554

TEXTO

Edicto

Doña Agueda Reyes Almeida, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000100/2014, seguido a instancias del Procurador don Francisco Ojeda Rodríguez,] en nombre y representación de las entidadades mercantiles Salica Industria Alimentaria, S.A., y de lla Viuda Alimentación, S.A., se ha dictado Auto el día 9 de diciembre de 2014, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Promotora de Ventas Canarias, S.L., con CIF n.º B-35.054.048, el que se tramitará por el procedimiento ordinario.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de Voluntario.

Conforme prevé el artículo 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: Don Claudio Almeida Santana, como Abogado, el cual ha designado como domicilio calle Eusebio Navarro, n.º 62, 3.º d, Las Palmas de G.C., y código postal 35003, teléfono 928 38 56 01 y fax 928 37 25 60, así como dirección electrónica jcalmeida@crvconsultores.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda:

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el artículo 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Don Alberto López Villarrubia, Magistrado-Juez. Doña Águeda Reyes Almeida, Secretaria judicial.-Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 10 de febrero de 2015.- La Secretaria judicial.

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