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Documento BOE-B-2015-6497

Anuncio de don Antonio García Morales, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, con residencia en Alcalá del Río (Sevilla), para subasta notarial.

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 2 de marzo de 2015, páginas 8900 a 8900 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2015-6497

TEXTO

Don Antonio García Morales, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, con residencia en Alcalá del Río,

Hago saber: Que en mi Notaría, sita en Alcalá del Río, avenida de Andalucía, número 87, bajo, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:Urbana: Parcela T3 del Proyecto de Reparcelación de la UE-1, Sector SUB-AR-5, en término municipal de Alcalá del Río. Tiene forma irregular, cuatro lados, con una superficie de tres mil quinientos dos metros y setenta y siete decímetros cuadrados, con una edificabilidad de cuatro mil quinientos metros y setenta y seis decímetros cuadrados. Linda: al Noroeste, límite de la Unidad de Ejecución; Sureste, prolongación de calle L; Noreste, límite de la Unidad de Ejecución, y Suroeste, medianera con parcela R4. inscrita en el Registro de la Propiedad número seis de Sevilla, en el tomo 1.127, libro 158, folio 22, finca número 8.180.

Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:

1.ª La subasta tendrá lugar en mi notaría, el día 15 de abril de 2015, a las 10:00 horas, al tipo de un millón doscientos ochenta y cuatro mil setecientos cincuenta euros. 2.ª De conformidad con el artículo 669 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría una cantidad equivalente al cinco por ciento del tipo, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Solo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero. 3.ª La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría, de lunes a viernes, de nueve horas a trece horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. 4.ª Para el caso de que resultare infructuosa la notificación prevista en el artículo 236-d.1 del Reglamento Hipotecario a la persona a cuyo favor esté practicada la última inscripción de dominio sobre la finca objeto de la subasta y a los titulares de cargas, gravámenes y asientos posteriores a la hipoteca que se ejecuta, y, en su caso, al hipotecante no deudor, al fiador, al arrendatario de la finca hipotecada y a cualquier otra persona que se crea con interés legítimo a intervenir en el procedimiento, en virtud de lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 236-d.2 del Reglamento Hipotecario, sirva la presente para notificarles: que pueden intervenir, si les conviene, en la subasta o satisfacer antes del remate el importe del préstamo y de los intereses y gastos en la parte asegurada con la hipoteca; del lugar, día y horas fijados para la celebración de aquella. 5.ª La subasta se efectuará en la forma y límites que determina el artículo 129 de la Ley Hipotecaria según redacción dada por Ley 1/2013, de 14 de mayo, y con carácter supletorio por la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Alcalá del Río, 26 de febrero de 2015.- Antonio García Morales, Notario.

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