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Documento BOE-B-2015-5951

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 26 de febrero de 2015, páginas 8144 a 8144 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-5951

TEXTO

Secretario Judicial D/ña José Vela Perez, del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona

Hace saber:

Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 60/2015 se ha declarado, mediante auto de fecha 22/01/2015, el concurso voluntario de RECOLLIDA Y RECICLATGE CAIFI SL con C.I.F B-64037740 y domicilio en Vilassar de Dalt ( Barcelona) c Vallmorena S/N., en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado D/Dª DIEGO HERRERA GIMENEZ por medio de escrito que se presentará, personalmente, por via postal en el domicilio del administrador concursal, sito en Via Augusta n.º 4, 6.ª planta, Barcelona o en la dirección electónica designada por el administrador concursal dh@herrera-advocats.com en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el B.O.E. del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asisitir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 5 de febrero de 2015.- El Secretario Judicial.

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