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Documento BOE-B-2015-4998

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 42, de 18 de febrero de 2015, páginas 6869 a 6869 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-4998

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 55/2015, (NIG 2906742M20150000099) por auto de fecha 26 de enero de 2015, se ha declarado en concurso voluntario al deudor INDUSTRIA EUROZAMACK S.L., con NIF B-29833589, domicilio en Malaga, C/ Calle Cantimpla (Avenida Europa), naves 5 y 7, C.P. 29003, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.

2.º Que asimismo se ha dictado auto de fecha 26 de enero de 2015, abriendo la fase de liquidación y se declara disuelta la sociedad concursada, así como el cese de los administradores o liquidadores de la sociedad, sin perjuicio de que continuar con la representación de la sociedad en el concurso y en los incidentes de los que sean partes.

3.º Que el deudor ha sido suspendido de sus facultades atribuyéndose las mismas a la administración concursal.

4.º Que la administración concursal la integra D. JOSE RAMÓN SÁNCHEZ SERRANO, provisto de DNI 25689497S; Español, mayor de edad, con vecindad civil común, estado civil casado, domicilio y dirección postal en Málaga, C/ Granada n.º 44, 3.º-D, C.P. 29015, vecino de Málaga, TFNO: 952229801.- profesión: auditor de cuentas y con dirección de correo electrónico aceurozamack@gmail.com que designa a los efectos de comunicación de créditos.

5.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera.

7.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

Málaga, 2 de febrero de 2015.- EL Secretario Judicial.

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