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Documento BOE-B-2015-38560

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 309, de 26 de diciembre de 2015, páginas 53416 a 53416 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-38560

TEXTO

EDICTO

D Andres Prada Horche Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil numero 2 de Oviedo, por el presente hago saber:

1. Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el numero 164/15 se ha dictado en fecha cuatro de noviembre de dos mil quince Auto de declaración de concurso voluntario de los deudores Raul Rodriguez Ballina con DNI 9401359V y Noelia Parreño Rodriguez con DNI 9433611T con domicilio en calle Rector Leopoldo Alas Hijo numero 11 3 C 33013 Oviedo, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Asturias

2. Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor y la apertura de liquidación con todos sus pronunciamientos dándose traslado por diez días del plan de liquidación a la administracion concursal conforme a lo establecido en el articulo 242.2.8 de la Ley concursal

3. Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen al administrador concursal designado Maria del Carmen Garcia Fernandez, la existencia de sus créditos, que deberán efectuar conforme a lo previsto en el articulo 85 de la ley concursal en el siguente domicilio postal: calle Julio numero 39 bajo 33209 Gijon o en la siguiente dirección electrónica Carmen@asesoriacarmengarcia.com y teléfono 984297973 fax 984297975 pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a una u otra, a su elección

Dicha comunicación deberá efectuarse en el plazo de quince días a partir de la ultima fecha de publicación de este edicto que se ha acordado publicar en el BOE, y en el Registro Publico Concursal conforme al auto de fecha cuatro de noviembre de dos mil quince

La comunicación se formulara por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. Tambien podrá efectuarse la comunicación por medios electronicos

4. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado articulo 184.3 ley concursal

Oviedo, 19 de noviembre de 2015.- Secretario judicial.

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