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Documento BOE-B-2015-3392

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 31, de 5 de febrero de 2015, páginas 4662 a 4662 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-3392

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 1038/14, por auto de este Juzgado de lo Mercantil, dictado el 09/01/2005, ha sido declarado y simultáneamente concluido el concurso voluntario de la mercantil INTELIM XXI, cuya parte dispositiva dice literalmente lo siguiente:

Parte dispositiva

1. Debo declarar y declaro el concurso voluntario de la entidad Intelim XXI S.L, representada por el Procurador de los Tribunales Don José Manuel López Martínez, y simultáneamente concluirlo por insuficiencia en la masa.

2. Publíquese la declaración de concurso y su conclusión en extracto por medio de edictos en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal, la publicación en el BOE tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado. A tal efecto colóquese el edicto informativo en el tablón de anuncios de este Juzgado y líbrese oficio al director del Boletín Oficial del Estado y al Registro Público Concursal. Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios vía telemática, informática y electrónica, entréguense al procurador del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándole a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes.

3. Notifíquese la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial, a los efectos del artículo 184 de la LC, a la Tesorería General de la Seguridad social, a la Agencia Estatal de Administración Tribuaria, art. 55 LC, y al Departamento de Hacienda de la Diputación Foral de Bizkaia.

4. Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro.

Bilbao (Bizkaia), 14 de enero de 2015.- La Secretario Judicial.

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