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Documento BOE-B-2015-30609

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 246, de 14 de octubre de 2015, páginas 42766 a 42767 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-30609

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 1531/2015, con NIG 2906742M20150002726, por auto de 11/09/15 se ha declarado en concurso voluntario de forma conjunta a los deudores:

- Divatto Mobiliari, S.L., con CIF n.º B-92386317, expediente 1531/15.

- Inversiones Inmobiliarias Orbela, S.L., con CIF n.º B-33473026, expediente 1647/15.

- Chester´s Prestige, S.L., con CIF n.º B-33478462, expediente 1648/15.

- Grupo Divatto Prestige, S.L., con CIF n.º B-83191742, expediente 1649/15.

- Emporio Divatto, S.L., con CIF n.º B-92503812, expediente 1650/15.

- Nova Divatto, S.L., con CIF n.º B-92574482, expediente 1651/15.

- Grupo Fadiso, S.L., con CIF n.º B-92753763, expediente 1652/15.

Con domicilio todas ellas en Málaga, Paseo de Sancha, n.º 4. CP 29016.

Se advierte que en el procedimiento 1531/15 se realiza la declaración conjunta de los solicitantes, no un único concurso, siendo que para cada uno de ellos se tramitará el concurso de manera separada, con sus correspondientes secciones, informes, planes, etc..., siendo común unicamente la pieza de personaciones, que será la 1531.11/15.

2º.- Que los deudores conservan las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º.- Que la Administración Concursal la integra D. JUAN FERNÁNDEZ RAMOS, con D.N.I. n.º 33.355.079-L, lo hacen en su calidad de representante solidario de la entidad 1900 CONCURLEGIS, S.L.P., con CIF n.º B-93293942, domicilio en Málaga y dirección postal C/ Granados, n.º 3-4.º A, CP 29008, tfno: 952-22-75-89, y con dirección de correo electrónico concursodivatto@concurlegis.es que designa a los efectos de comunicación de créditos.

4º- Que los acreedores de los concursados deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera, en este caso del expediente 89/14.

6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

Málaga, 23 de septiembre de 2015.- El Secretario Judicial.

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