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Documento BOE-B-2015-30034

GIJÓN

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 8 de octubre de 2015, páginas 41981 a 41981 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-30034

TEXTO

Don Miguel Ángel Álvarez Turanzas, Secretario Judicial de Jdo. de lo Mercantil n.º 3 de Gijón, por el presente, hago saber:

1º.- Que en Sección I Declaración Concurso 302/2015, con NIG 33024 47 1 2015 0000123, seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 17-09-15 Auto de Declaración de concurso y abriendo la fase de liquidación de Casabuk, S.L., con CIF B- 33825639, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ Isaac Peral, n.º 7, Polígono Mora Garay – Gijón.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor.

3º.- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4º.- La identidad de la administración concursal es la siguiente:

- La Abogada: Natalia Fernández Rodríguez..

· Dirección postal: Plaza de la Constitución, n.º 8, 1.º, C.P. 33009

· Horario: De 9:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 20:00 horas.

· Correo electrónico: concursocasabuk@lener.es

· Teléfono: 985207000.

· Fax: 985212027.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

6º.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

7º.- Se ha declarado disuelta la sociedad concursada cesando en su función sus administradores que serán sustituidos por la administración concursal.

8º. Dar traslado a los acreedores a fin de que puedan realizar alegaciones al plan de liquidación presentado por el deudor, en el plazo de diez días, (art. 191 ter.2 LC).

Gijón, 17 de septiembre de 2015.- El Secretario Judicial.

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