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Documento BOE-B-2015-27585

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 221, de 15 de septiembre de 2015, páginas 38522 a 38522 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-27585

TEXTO

JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 9 MADRID.

En el presente procedimiento incidente Concursal n.º 28/2014 del Concurso n.º 872/2010, seguido a instancia de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, frente a la Administración Concursal designada en el referido concurso, y frente a la Herencia Yacente de D. Gonzalo Pascual Arias, se ha dictado sentencia de fecha 30/09/2014, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

SENTENCIA

En Madrid, a treinta de septiembre de dos mil catorce.

Vistos por doña Marta García Fernández, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 9 bis de Madrid el presente incidente concursal seguido en este Juzgado bajo en nº 28/14 promovido en el Concurso Necesario nº 872/10 por la Abogacía del Estado en la representación que ostenta de la AEAT siendo parte de la Administración Concursal.

FALLO

ESTIMAR PARCIALMENTE la demanda incidental presentada por el Abogado del Estado, en nombre y representación de la AEAT y RECONOCER como créditos contra la masa los reflejados en la certificación aportada como documento n.º 1 e identificados con los n.º 11, n.º 12, n.º 13 y n.º 14.

No existe especial pronunciamiento en materia de costas procesales.

Notifíquese esta sentencia a las partes, con expresa prevención de que contra esta sentencia no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio del derecho de las partes a reproducir la cuestión en la apelación mas próxima siempre que formulen protesta en el plazo de cinco días.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y para que sirva de notificación a la Herencia Yacente de D. Gonzalo Pascual Arias, se expide el presente.

Madrid, 30 de julio de 2015.- La Secretario Judicial.

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